Diferencia entre revisiones de «Anotación preventiva del contrato de opción»
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Anotación preventiva del contrato de opción (ver código)
Revisión del 04:46 20 abr 2020
, 20 abr 2020→Resoluciones del Tribunal Registral
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Línea 42: | Línea 42: | ||
''No es procedente inscribir el contrato de opción que no contiene todos los elementos del contrato definitivo, entre los que se encuentra la determinación del bien, el precio y la forma de pago.'' | ''No es procedente inscribir el contrato de opción que no contiene todos los elementos del contrato definitivo, entre los que se encuentra la determinación del bien, el precio y la forma de pago.'' | ||
''Procede registrar un contrato de opción cuyo plazo inicial ha caducado siempre que se haya pactado su renovación automática N° 1388-2013-SUNARP-TR-L del 23 de agosto del 2013.'' | ''Procede registrar un contrato de opción cuyo plazo inicial ha caducado siempre que se haya pactado su renovación automática N° 1388-2013-SUNARP-TR-L del 23 de agosto del 2013.'' | ||
====Sumilla de la Resolución 2236-2014-SUNARP-TR-L de 21/11/2014 sobre contrato de opción==== | |||
''No es procedente inscribir el contrato de opción que no contiene todos los elementos del contrato definitivo, entre los que se encuentra la determinación del bien, el precio y la forma de pago.'' | |||
====Sumilla de la Resolución 1839-2014-SUNARP-TR-L de 26/09/2014 sobre contrato de opción y pacto de indivisión==== | |||
''CONTRATO DE OPCIÓN: No es inscribible como contrato de opción el documento que no contiene todos los elementos y condiciones del contrato definitivo.'' | |||
''PACTO DE INDIVISIÓN: Mediante el pacto de indivisión, los copropietarios acuerdan mantener subsistente el régimen de copropiedad que detentan sobre determinado predio, acto susceptible de ser inscrito en el Registro.'' | |||
== Tasas registrales == | == Tasas registrales == |