Diferencia entre revisiones de «Inscripción de transferencia por subasta pública»
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Inscripción de transferencia por subasta pública (ver código)
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Línea 7: | Línea 7: | ||
b) El Oficio dirigido al Registro de Propiedad Vehicular. | b) El Oficio dirigido al Registro de Propiedad Vehicular. | ||
c) | c) Resolución administrativa que aprueba la baja del vehículo del margesí de bienes de la entidad estatal, en copia certificada por funcionario competente de la entidad que conserva en su poder el original. | ||
d) | d) Resolución administrativa que autoriza la venta por subasta pública, en copia certificada por funcionario competente de la entidad que conserva en su poder el original. | ||
e) | e) Acta de subasta pública en copia certificada por funcionario competente de la entidad que conserva en su poder el original. | ||
f) | f) Comprobante de pago señalado en el numeral 6.5.3.6 de la Directiva N° 001-2015-SBN. | ||
g) Cuando se genere la asignación de un nuevo número de matrícula y por ende la entrega de una nueva placa nacional de rodaje, el usuario, en el caso de que el vehículo este destinado a la prestación del servicio de transporte de personas, deberá adjuntar copia certificada del documento que acredite la habilitación del vehículo en el servicio de transporte de personas correspondiente, otorgado por la autoridad competente. De no presentar tal documento, se asignará la placa que corresponda a un vehículo particular. | g) Cuando se genere la asignación de un nuevo número de matrícula y por ende la entrega de una nueva placa nacional de rodaje, el usuario, en el caso de que el vehículo este destinado a la prestación del servicio de transporte de personas, deberá adjuntar copia certificada del documento que acredite la habilitación del vehículo en el servicio de transporte de personas correspondiente, otorgado por la autoridad competente. De no presentar tal documento, se asignará la placa que corresponda a un vehículo particular. | ||
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== Base legal== | == Base legal== | ||
* Artículos:4, 7, 9, 10, 12, 14, 15, 17, 25, 28, 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP | * Artículos:4, 7, 9, 10, 12, 14, 15, 17, 25, 28, 66, 167, 168, 169, 170, 171 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias. | ||
* Resolución | * Lineamientos para el uso del Sistema de Verificación Biométrica por comparación de Huella Dactilar en las oficinas registrales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp aprobado por [[Resolución N° 181-2015-SUNARP/SN]]. | ||
* Artículos 4, 5, 6, 7, 8, 11, 12, 13, 65, 67, 75 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular aprobado | * Artículos 4, 5, 6, 7, 8, 11, 12, 13, 65, 67, 75 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular aprobado por [[Resolución N° 039-2013-SUNARP-SN]] (20/02/2013). | ||
* Artículo 4 de la Resolución Directoral N° 4560-2011-MTC/15 (11/12/2011). | * Artículo 4 de la Resolución Directoral N° 4560-2011-MTC/15 (11/12/2011). | ||
* Título Preliminar, Norma II del | * Título Preliminar, Norma II del Decreto Supremo N° 133-2013-EF aprueba el TUO del Código Tributario. | ||
* Decreto Supremo 086-90-EF (29-03-90) reglamentado con Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 098-98-SUNARP que aprueba Aranceles del Registro de Propiedad Vehicular. | * Decreto Supremo 086-90-EF (29-03-90) reglamentado con Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 098-98-SUNARP que aprueba Aranceles del Registro de Propiedad Vehicular. | ||
* Resolución N° 046-2015-SBN, que aprueba la Directiva Nº 001-2015-SBN, denominada “Procedimientos de Gestión de los Bienes Muebles Estatales” y los Anexos del 01 al 16 | * Resolución N° 046-2015-SBN, que aprueba la Directiva Nº 001-2015-SBN, denominada “Procedimientos de Gestión de los Bienes Muebles Estatales” y los Anexos del 01 al 16 |