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Diferencia entre revisiones de «Inscripción de transferencia de propiedad vehicular relacionada con personas jurídicas societarias»

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* Cuando se genere la asignación de un nuevo número de matrícula y por ende la entrega de una nueva placa nacional de rodaje, el usuario, en el caso de que el vehículo  este destinado a la prestación del servicio de transporte de personas, deberá adjuntar copia certificada del documento que acredite la habilitación del vehículo  en el servicio de transporte de personas correspondiente, otorgado por la autoridad competente. De no presentar tal documento, se asignará la placa que corresponda a un vehículo  particular.
* Cuando se genere la asignación de un nuevo número de matrícula y por ende la entrega de una nueva placa nacional de rodaje, el usuario, en el caso de que el vehículo  este destinado a la prestación del servicio de transporte de personas, deberá adjuntar copia certificada del documento que acredite la habilitación del vehículo  en el servicio de transporte de personas correspondiente, otorgado por la autoridad competente. De no presentar tal documento, se asignará la placa que corresponda a un vehículo  particular.


===Requisitos para la inscripción de transferencia de propiedad vehicular relacionada con personas jurídicas societarias reorganización simple===
a) Formulario de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito por el presentante.
b) El parte notarial de la escritura pública correspondiente, deberá ser presentado por el Notario ante el cual se extendió o su dependiente acreditado ante SUNARP. Excepcionalmente, los partes notariales también podrán ser presentados y presentados y tramitados por persona distinta al notario o sus dependientes, quienes estarán incorporados por el notario en el Módulo “Sistema Notario”.
c) Asimismo, se procederá a la verificación biométrica por huella digital del presentante. En caso que el lector biométrico no permita la captura de la huella digital, el encargado del Diario y Mesa de Partes o el encargado de la Oficina Registral autorizará el ingreso del titulo mediante un formato autorizado. Instrumento público, salvo disposición en contrario, que debe ser  presentado mediante traslado o copia certificada expedida por funcionario  autorizado o institución que conserve en su poder la matriz.
d) Documento privado original que debe tener las firmas certificadas por notario, salvo disposición legal en contrario.
e) Los documentos complementarios podrán ser presentados en copias certificadas notarialmente o autenticadas por fedatario de la Oficina Registral donde se presenta el título.
El Parte Notarial  deberá contener como mínimo:
- Los datos de identificación de los contratantes o sus representantes,  así como su estado civil, tipo y número de documento de identidad,  cuando corresponda.
- El acto jurídico mediante el cual transfiere la propiedad del bien.
- La Placa Única Nacional de Rodaje del vehículo materia de transferencia, si tuviere; o el número de serie y el número de motor del vehículo.
- Valorización del vehículo, según corresponda.
d) Pago de derechos registrales.
e) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.


<u>REQUISITOS ESPECIALES:</u>
<u>REQUISITOS ESPECIALES:</u>
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