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Diferencia entre revisiones de «Anotación preventiva del proyecto de habilitación urbana»

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==Base legal==
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*Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por [[Resolución 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012)
*Artículo VII.A.4 de la Directiva que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos agrupados, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 107-2020-SUNARP/SN (14/08/2020).
*Artículos 1, 2 , 3 y 10 (modificado por Decreto Legislativo 1451) de la Ley que Crean el Sistema Nacional y la Superintendencia de los Registros Públicos, aprobado por Ley 26366 (14/08/2020).


*Artículos 34, 35, 37 y 38 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por [[Resolución 097-2013-SUNARP/SN]] (03/05/2013)
*Artículo 970, 971, 2008, 2009, 2011, 212, 2019 y 2020 del Código Civil, aprobado por Decreto Legislativo N° 295 (28/07/1984).
 
*Artículo 38 inciso 1 del TUO de la Ley N° 27444, aprobado por Decreto Supremo 004-2019-JUS (21/01/2019).
*Artículos 16, 17 de la Ley de Regulación de Habilitaciones urbanas y de Edificaciones Ley 29090 (25/09/2007)
*Artículo 1, 2 (numeral 2.4), 3, 7, 10, 11, 12, 14, 20, 23, 24, 34 (numeral 34.2) y 36 del TUO la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo 006-2017-VIVIENDA (28/02/2017).
 
*Artículos 2, 3 (numeral 3.2 y 3.5), 16, 20, 24, 25, 26, 33, 34, 36, 38, 39, 48 y 49 del TUO del Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación,    aprobado por Decreto Supremo N° 029-2019-VIVIENDA (06/11/2019).
*Artículos 3, 16, 19, 22, 24, 25, y 26 Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación aprobado por Decreto Supremo N° 029-2019-VIVIENDA.
*Articulo 30 capitulo IV, Norma TH.010 del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2004-VIVIENDA (06/09/2004).
 
*Artículos 7, 9, 10, 15 y 28 literal b) del TUO del Reglamento General de los     Registros Públicos, aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN|Resolución de Superintendencia N° 126-2012-SUNARP/SN]] (21/05/2012).
*Artículo 10, 11, 19, 20 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-VIVIENDA.
*Artículos 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 40, 41, 42, 43, 44, 46, 47, 48 y 62 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por [[Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN|Resolución de Superintendencia N° 097-2013-SUNARP/SN]] (04/05/2013).
 
*Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984)
 
*Directiva N° 02-2014 que regula la emisión de los informes técnicos de las solicitudes de Búsquedas Catastrales aprobada por [[Resolución N° 120-2014-SUNARP-SN]].
 
*Directiva N° 03-2014 que precisa los actos inscribibles en el Registro de Predios y en otros registros que requerirán informe previo del área de catastro para acceder a su inscripción, así como los requisitos que deben contener los planos y memorias descriptivas aprobada por [[Resolución N° 189-2014-SUNARP-SN]].
 
*Decreto Supremo N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral.


==[[ Precedentes de observancia obligatoria]]==
==[[ Precedentes de observancia obligatoria]]==
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