Diferencia entre revisiones de «Bloqueo de partida registral»
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→Requisitos para la inscripción
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2.- Solicitud efectuada por Notario en la que debe constar el nombre de los contratantes, la indicación del acto que amerita el bloqueo y los datos de la partida registral respectiva y copia simple de la minuta correspondiente, con firma de todas las partes y autorizada por abogado colegiado. | 2.- Solicitud efectuada por Notario en la que debe constar el nombre de los contratantes, la indicación del acto que amerita el bloqueo y los datos de la partida registral respectiva y copia simple de la minuta correspondiente, con firma de todas las partes y autorizada por abogado colegiado. | ||
==Tener en cuenta para la inscripción== | ==Tener en cuenta para la inscripción== | ||
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*Artículo 2011 del Código Civil, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 295 (24/06/1984). | *Artículo 2011 del Código Civil, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 295 (24/06/1984). | ||
*Artículos 8, 136 y 137 del del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 097-2013-SUNARP/SN (04/05/2013). | *Artículos 8, 136 y 137 del del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 097-2013-SUNARP/SN (04/05/2013). | ||
*Numeral 5 de la Directiva N° 01-2013-SUNARP/SN (aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 031-2013-SUNARP/SN de fecha 08/02/2013), que regula la presentación electrónica del bloqueo regulado por el Decreto Ley N° 18278, modificado por la Ley N° 26481. | *Numeral 5 de la Directiva N° 01-2013-SUNARP/SN (aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 031-2013-SUNARP/SN de fecha 08/02/2013), que regula la presentación electrónica del bloqueo regulado por el Decreto Ley N° 18278, modificado por la Ley N° 26481. | ||
*Artículo 10 (modificado por el art. 15 del D.Leg. 1451) de la Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional, Ley N° 26366 (14/10/1994). | *Artículo 10 (modificado por el art. 15 del D.Leg. 1451) de la Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional, Ley N° 26366 (14/10/1994). | ||
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==Tasa registral== | ==Tasa registral== | ||
*Derecho de calificación: S/ | *Derecho de calificación: S/ 36.00 | ||
*Derecho de inscripción: S/ 7.00 | *Derecho de inscripción: S/ 7.00 | ||
Línea 62: | Línea 56: | ||
*Plazo de calificación: 24 horas (hasta cuatro partidas registrales) | *Plazo de calificación: 24 horas (hasta cuatro partidas registrales) | ||
== Plazo de calificación == | ==Plazo de calificación== | ||
7 días hábiles. | 7 días hábiles. | ||
'''''"Solicitud referida a sólo a una partida registral y únicamente al acto de bloqueo registral". ''''' | '''''"Solicitud referida a sólo a una partida registral y únicamente al acto de bloqueo registral". ''''' |