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Diferencia entre revisiones de «Inscripción de emisión de obligaciones»

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La [[Emisión de obligaciones]] puede inscribirse en el Registro de Persona Jurídica.  
La [[Emisión de obligaciones]] puede inscribirse en el Registro de Persona Jurídica.  


== Requisitos para la inscripción ==
==Requisitos para la inscripción==


a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.
a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.
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d) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.
d) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.


==Tener en cuenta ==
==Tener en cuenta==
Conforme a la sétima disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo Nº 1049 y sus modificatorias, la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos deberá ser efectuadas por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario.
Conforme a la sétima disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo Nº 1049 y sus modificatorias, la presentación de partes notariales y copias certificadas en los distintos registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos deberá ser efectuadas por el notario o por sus dependientes acreditados ante la SUNARP y excepcionalmente podrán ser terceros debidamente autorizados por el Notario.


== Base legal ==
==Base legal==


*Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias.
*Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias.
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*Artículo 2011 del Código Civil aprobado por Decreto Legislativo 295 (25/07/1984).
*Artículo 2011 del Código Civil aprobado por Decreto Legislativo 295 (25/07/1984).
*Artículo 10 Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional aprobada por la Ley N° 26366 (14/10/1994).


== Precedentes de observancia obligatoria ==
==Precedentes de observancia obligatoria==


No se han aprobado precedentes sobre este acto.
No se han aprobado precedentes sobre este acto.
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==Jurisprudencia Registral==
==Jurisprudencia Registral==


=== Resoluciones del Tribunal Registral ===
===Resoluciones del Tribunal Registral===
====Sumilla de la Resolución 204-2014-SUNARP-TR-L de 31/01/2014 sobre aporte de capital por bonos de reconstrucción====
====Sumilla de la Resolución 204-2014-SUNARP-TR-L de 31/01/2014 sobre aporte de capital por bonos de reconstrucción====


''No es materia de calificación la prescripción de los títulos valores aportados para la constitución de sociedades. La acreditación del aporte mediante títulos valores o documentos de crédito se efectúa con la constancia expedida por el gerente, el administrador o la persona autorizada de haberlos recibido debidamente transferidos o endosados a favor de la sociedad. El aportante queda como obligado solidario.''
''No es materia de calificación la prescripción de los títulos valores aportados para la constitución de sociedades. La acreditación del aporte mediante títulos valores o documentos de crédito se efectúa con la constancia expedida por el gerente, el administrador o la persona autorizada de haberlos recibido debidamente transferidos o endosados a favor de la sociedad. El aportante queda como obligado solidario.''


== Tasa registral ==
==Tasa registral==


*Derecho de calificación: S/ 10.00
*Derecho de calificación: S/ 10.00
Línea 46: Línea 47:
7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados).
7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados).


  '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''
  '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''''
2010

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