Diferencia entre revisiones de «Inmatriculación de vehículos importados adjudicados por régimen de almacenes generales»
De wikiregistral
Inmatriculación de vehículos importados adjudicados por régimen de almacenes generales (ver código)
Revisión del 21:14 2 jun 2021
, 2 jun 2021sin resumen de edición
(Página creada con «DESCRIPCION Una o más personas naturales o jurídicas dotan de legalidad y publicidad registral, a la primera inscripción de un bien mueble. En este caso en particular de…») Etiqueta: visualeditor-wikitext |
Sin resumen de edición Etiqueta: visualeditor |
||
Línea 1: | Línea 1: | ||
DESCRIPCION | DESCRIPCION | ||
Una o más personas naturales o jurídicas dotan de legalidad y publicidad registral, a la primera inscripción de un bien mueble. En este caso en | Una o más personas naturales o jurídicas dotan de legalidad y publicidad registral, a la primera inscripción de un bien mueble. En este caso en | ||
particular de vehículos importados nuevos cuyas características pueden haber sido modificadas y que han sido adjudicados por remate sujeto al | particular de vehículos importados nuevos cuyas características pueden haber sido modificadas y que han sido adjudicados por remate sujeto al | ||
régimen de almacenes generales de depósito. | régimen de almacenes generales de depósito. | ||
REQUISITOS | REQUISITOS | ||
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | ||
2.- Formato de Inmatriculación Electrónico impreso y suscrito por el propietario o su representante, con firma certificada notarialmente. | 2.- Formato de Inmatriculación Electrónico impreso y suscrito por el propietario o su representante, con firma certificada notarialmente. | ||
3.- Se deberá adjuntar:a) El certificado de depósito y/o warrant, según corresponda.b) El acta de remate.c) La póliza de adjudicación expedida por | |||
3.- Se deberá adjuntar: | |||
a) El certificado de depósito y/o warrant, según corresponda. | |||
b) El acta de remate.c) La póliza de adjudicación expedida por | |||
el martillero público. | el martillero público. | ||
4.- Comprobante de pago o parte notarial del acta de transferencia segun corresponda, salvo cuando la empresa distribuidora o comercializadora | 4.- Comprobante de pago o parte notarial del acta de transferencia segun corresponda, salvo cuando la empresa distribuidora o comercializadora | ||
de vehículos sea concesionaria acreditada del fabricante empadronado. | de vehículos sea concesionaria acreditada del fabricante empadronado. | ||
En caso de comprobante de pago, debe acompañar declaración jurada con firma legalizadas de las partes contratantes precisando el medio de | En caso de comprobante de pago, debe acompañar declaración jurada con firma legalizadas de las partes contratantes precisando el medio de | ||
pago utilizado y copia simple de este. | pago utilizado y copia simple de este. | ||
5.- Certificado de Inspección Técnica Vehicular de Incorporación . | 5.- Certificado de Inspección Técnica Vehicular de Incorporación . | ||
6.- Si es especial o el uso del mismo está relacionado con una actividad especial deberá presentar: a) Autorización de Incorporación de Vehículos | 6.- Si es especial o el uso del mismo está relacionado con una actividad especial deberá presentar: a) Autorización de Incorporación de Vehículos | ||
Especiales emitida por el MTC | Especiales emitida por el MTC | ||
7.- El Certificado de Fabricación emitido por el fabricante nacional con firmas certificadas notarialmente del ingeniero mecánico colegiado o | 7.- El Certificado de Fabricación emitido por el fabricante nacional con firmas certificadas notarialmente del ingeniero mecánico colegiado o | ||
mecánico electricista colegiado, responsable de la producción del vehículo terminado, y del representante legal de la empresa que fabricó el | mecánico electricista colegiado, responsable de la producción del vehículo terminado, y del representante legal de la empresa que fabricó el | ||
vehículo. | vehículo. | ||
8.- Copia certificada notarialmente o autenticada por fedatario de la Oficina Registral del certificado de habilidad del Colegio Profesional respectivo, | 8.- Copia certificada notarialmente o autenticada por fedatario de la Oficina Registral del certificado de habilidad del Colegio Profesional respectivo, | ||
vigente a la fecha cierta del Certificado de Fabricación, salvo que su verificación pueda ser obtenida a través del respectivo portal institucional. | vigente a la fecha cierta del Certificado de Fabricación, salvo que su verificación pueda ser obtenida a través del respectivo portal institucional. | ||
9.- El Certificado de Conformidad de Fabricación , emitido por la Entidad Certificadora autorizada por el MTC. | 9.- El Certificado de Conformidad de Fabricación , emitido por la Entidad Certificadora autorizada por el MTC. | ||
10.- Copia certificada notarialmente o autenticada por fedatario de la Oficina Registral del documento que acredite al fabricante nacional del | 10.- Copia certificada notarialmente o autenticada por fedatario de la Oficina Registral del documento que acredite al fabricante nacional del | ||
vehículo la asignación de la Identificación Mundial del Fabricante (WMI - World Manufacturer Identifier), otorgada por el Ministerio de la Producción | vehículo la asignación de la Identificación Mundial del Fabricante (WMI - World Manufacturer Identifier), otorgada por el Ministerio de la Producción PRODUCE vigente a la fecha cierta del Certificado de Fabricación. | ||
PRODUCE vigente a la fecha cierta del Certificado de Fabricación. | |||
BASE LEGAL | BASE LEGAL | ||
VII Disposiciones | VII Disposiciones | ||
Específicas | Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de | ||
Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020 | |||
Resolución de Superintendente Nacional Resolución de | |||
Dirección Ejecutiva | |||
107 14/08/2020 | |||
7, 28, 29, 33, 37, 39, 42, | 7, 28, 29, 33, 37, 39, 42, | ||
144 y 151 | 144 y 151 Reglamento Nacional de Vehículos Decreto Supremo 058-2003-MTC 12/10/2003 | ||
1 y 7 numeral 7.2 TUO de la Ley 28194 Decreto Supremo 150-2007-EF 23/09/2007 | 1 y 7 numeral 7.2 TUO de la Ley 28194 Decreto Supremo 150-2007-EF 23/09/2007 | ||
10 (modificado por el | 10 (modificado por el | ||
artículo 15 del Decreto | artículo 15 del Decreto | ||
Legislativo N° 1451 | Legislativo N° 1451 Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los | ||
Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994 | |||
5.2 Directiva por la que se adoptan los criterios de interpretación que precisan las obligaciones | |||
5.2 Directiva por la que se adoptan | |||
los criterios de interpretación que precisan las obligaciones | |||
establecidas por la Ley No 28194 y | establecidas por la Ley No 28194 y | ||
su Reglamento a los Registradores Públicos, al ejercer su | su Reglamento a los Registradores Públicos, al ejercer su | ||
función de calificación registral. | función de calificación registral. Resolución de | ||
Superintendencia 184-2004- | |||
Resolución de | |||
Superintendencia | |||
184-2004- | |||
SUNARP/SN | SUNARP/SN | ||
Línea 65: | Línea 67: | ||
31, 33, 34, 36, 37, 38, | 31, 33, 34, 36, 37, 38, | ||
39, 40, 41, 42, 43, 44, | 39, 40, 41, 42, 43, 44, | ||
45, 46, 47 y 125 | 45, 46, 47 y 125 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular | ||
Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad | |||
Vehicular | |||
20/02/2013 | aprobado por Resolución de Superintendencia 039-2013- | ||
SUNARP/SN 20/02/2013. |