Anónimo

Diferencia entre revisiones de «Inscripción de ejercicio de la opción de compra en el arrendamiento financiero»

De wikiregistral
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor
Etiqueta: visualeditor
Línea 1: Línea 1:
El ejercicio de la opción de compra en el arrendamiento financiero puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.  
El [[Transferencia de propiedad en el arrendamiento financiero|ejercicio de la opción de compra]] en el [[arrendamiento financiero]] puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.  


==Requisitos para la inscripción==
==Requisitos para la inscripción==


1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito
a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito


2.- Parte notarial de la escritura publica o si el valor del inmueble no supera las 20 UIT, formulario registral certificado notarialmente.
b) [[Parte notarial]] de la [[Escritura pública|escritura publica]], o si el valor del inmueble no supera las 20 UIT, formulario registral certificado notarialmente.
 
c) Pago de tasas registrales.


==Tener en cuenta para la inscripción==
==Tener en cuenta para la inscripción==
Línea 13: Línea 15:
==Base legal==
==Base legal==


*VII. Disposiciones específicas de la Directiva que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos agrupados, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 107-2020-SUNARP-SN (14/08/2020).
*Artículo 2010 del Código Civil, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 295 (24/07/1984).
*Artículo 2010 del Código Civil, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 295 (24/07/1984).
*Inciso c) del artículo 5 de la Ley que regula el Contrato de Capitalización Inmobiliaria, Ley Nº 28364 (22/03/2016).
*Inciso c) del artículo 5 de la Ley que regula el Contrato de Capitalización Inmobiliaria, Ley Nº 28364 (22/03/2016).
Línea 19: Línea 20:
*Artículos 6, 7 y 95 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por [[Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN|Resolución de Superintendencia N° 097-2013-SUNARP/SN]](04/05/2013).
*Artículos 6, 7 y 95 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por [[Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN|Resolución de Superintendencia N° 097-2013-SUNARP/SN]](04/05/2013).
*Artículo 6.2 de la Directiva N° 05-2016-SUNARP-SN (Directiva que dicta las disposiciones complementarias necesarias para la efectiva inscripción del Contrato de Capitalización Inmobiliaria y demás actos previstos en la Ley Nº 28364), aprobada por Resolución de Superintendencia Nº 222-2016-SUNARP-SN (02/08/2016).
*Artículo 6.2 de la Directiva N° 05-2016-SUNARP-SN (Directiva que dicta las disposiciones complementarias necesarias para la efectiva inscripción del Contrato de Capitalización Inmobiliaria y demás actos previstos en la Ley Nº 28364), aprobada por Resolución de Superintendencia Nº 222-2016-SUNARP-SN (02/08/2016).
*Primer y último párrafo de la Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo del Notariado, Decreto Legislativo Nº 1049 (26/08/2008).
*Artículo 10 (modificado por el art. 15 del D. Leg. Nº 1451) de la Ley que crea el Sistema Nacional y la Superintendencia de los Registros Públicos, Ley N° 26366 (14/10/1994).
*Artículo 10 (modificado por el art. 15 del D. Leg. Nº 1451) de la Ley que crea el Sistema Nacional y la Superintendencia de los Registros Públicos, Ley N° 26366 (14/10/1994).


879

ediciones