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Diferencia entre revisiones de «Inscripción de constitución de anticresis»

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===Resoluciones del Tribunal Registral===
===Resoluciones del Tribunal Registral===


====Sumilla de la Resolución 691-2019-SUNARP-TR-A sobre anticresis sobre parte de un inmueble====
====Sumilla de la Resolución 340-2020-SUNARP-TR-A de 17/08/2020 sobre Anticresis sobre parte de un inmueble====


''A efectos de inscribir una anticresis sobre parte de un predio previamente debe independizarse el área afectada con el derecho real de garantía.''
''A efectos de inscribir una anticresis sobre parte de un predio previamente debe independizarse el área afectada con el derecho real de garantía.''


====Sumilla de la Resolución 2215-2016-SUNARP-TR-L sobre anticresis====
====Sumilla de la Resolución 2215-2016-SUNARP-TR-L de 03/11/2016 sobre Anticresis====


''Para la inscripción de una anticresis ordinaria o típica, el instrumento público deberá expresar el monto de la deuda garantizada, la renta del inmueble y la tasa de interés que se pacte, así como la fecha de vencimiento de la deuda garantizada, lo cual se deberá consignar en el asiento registral respectivo, conforme al artículo 134 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios.''
''Para la inscripción de una anticresis ordinaria o típica, el instrumento público deberá expresar el monto de la deuda garantizada, la renta del inmueble y la tasa de interés que se pacte, así como la fecha de vencimiento de la deuda garantizada, lo cual se deberá consignar en el asiento registral respectivo, conforme al artículo 134 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios.''


====Sumilla de la Resolución 525-2015-SUNARP-TR-A sobre anticresis compensatoria====
====Sumilla de la Resolución 525-2015-SUNARP-TR-A de 24/07/2015 sobre Anticresis Compensatoria====


''Además de la anticresis ordinaria, también se puede convenir la llamada anticresis compensatoria, disponiendo que los frutos del inmueble (renta) se compensen, bien sea con los intereses adeudados, bien sea con el capital o parte de él. Si se compensan solamente los intereses, el significado del pacto es el siguiente; el acreedor hace suyos los frutos, cualquiera sea su monto, y, a cambio de ello queda liberado de los intereses aunque no de devolver el capital. En este supuesto no será necesario que se consignen la renta del inmueble ni la tasa de interés pactada, conforme lo señala el artículo 134° del vigente Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios [[Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN]].''
''Además de la anticresis ordinaria, también se puede convenir la llamada anticresis compensatoria, disponiendo que los frutos del inmueble (renta) se compensen, bien sea con los intereses adeudados, bien sea con el capital o parte de él. Si se compensan solamente los intereses, el significado del pacto es el siguiente; el acreedor hace suyos los frutos, cualquiera sea su monto, y, a cambio de ello queda liberado de los intereses aunque no de devolver el capital. En este supuesto no será necesario que se consignen la renta del inmueble ni la tasa de interés pactada, conforme lo señala el artículo 134° del vigente Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios [[Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN]].''


====Sumilla de la Resolución 273-2015-SUNARP-TR-A sobre cesión de anticresis====
====Sumilla de la Resolución 562- 2015-SUNARP-TR-A de 14/08/2015 sobre Cesión de Anticresis====


''La anticresis es un derecho real constituido intuito personae, pues el constituyente -deudor- ha transferido la posesión y administración del inmueble; teniendo en cuenta las cualidades personales del acreedor, por tanto, no puede ser cedida, salvo se cuente con el consentimiento del deudor.''
''La anticresis es un derecho real constituido intuito personae, pues el constituyente -deudor- ha transferido la posesión y administración del inmueble; teniendo en cuenta las cualidades personales del acreedor, por tanto, no puede ser cedida, salvo se cuente con el consentimiento del deudor.''
====Sumilla de la Resolución 1002-2007-SUNARP-TR-L sobre anticresis====
''La constitución de anticresis no impide la enajenación del predio gravado con esta garantía.''


==Tasa registral==
==Tasa registral==
Línea 65: Línea 61:


==Plazo de calificación==
==Plazo de calificación==
7 días hábiles.
 
* 7 días hábiles (sujeto a complejidad del título).


   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''''
   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''''
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