Diferencia entre revisiones de «Inscripción por transferencia de propiedad vehicular por sucesión testamentaria e intestada»
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Inscripción por transferencia de propiedad vehicular por sucesión testamentaria e intestada (ver código)
Revisión del 05:50 20 jun 2021
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Una o mas personas naturales o jurídicas dotan de legalidad y publicidad registral a la transferencia de propiedad vehicular. En este caso la transferencia por Sucesión Testamentaria y la transferencia por Sucesión Intestada y, en caso que el vehículo cuente con una placa de rodaje antigua, el cambio de placa. | |||
== Requisitos para la inscripción == | |||
1.- Formato de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito. En la que se indicará la partida registral y la Oficina Registral donde consta inscrita la sucesión. | |||
2.- Copia certificada notarialmente o autenticada por fedatario de la Oficina Registral del documento de identidad del heredero o legatario o declaración jurada con firma certificada notarialmente del solicitante indicando el tipo y número de documento de identidad del heredero o legatario. | |||
3.- Cuando se asigne un nuevo número de matrícula y en caso que el vehículo será destinado a la prestación del Servicio de transporte de personas se adjuntará copia certificada de la Constancia de habilitación del vehículo en el servicio de transporte de personas otorgado por la autoridad competente. | |||
== Base legal == | |||
*VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020 | |||
*Artículo 165 del T.U.O. de la Ley del Procedimiento Administrativo General Decreto Supremo 004-2019-JUS 25/01/2019 | |||
*Artículo 15 del T.U.O. DEL REGLAMENTO GENERAL DE REGISTROS PÚBLICOS Resolución de Superintendencia 126-2012- SUNARP/SN | |||
*Artículos 6 y 71 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, Resolución de Superintendencia 039-2013- SUNARP/SN 20/02/2013 | |||
*Artículo 2011 del Código Civil Decreto Legislativo 295 25/07/1984 | |||
*4 disposiciones para la aplicación del sistema de codificación de la Placa Única Nacional de Rodaje. Nacional de Rodaje Otros Resolución Directoral 4560-2011-MTC/15 | |||
*Artículo 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994. | |||
== Precedentes de observancia obligatoria == | |||
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto. | |||
== Jurisprudencia Registral == | |||
No se ha aprobado jurisprudencia registral sobre este acto. | |||
== Tasa registral == | |||
* Derecho de presentación: S/ 22.00 | * Derecho de presentación: S/ 22.00 | ||
Línea 47: | Línea 30: | ||
* Derecho de inscripción: S/ 56.00 | * Derecho de inscripción: S/ 56.00 | ||
== Plazo de calificación == | |||
* 7 días hábiles (sujeto a complejidad del título). | |||
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