Diferencia entre revisiones de «Inscripción de constitución de asociación»

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==Jurisprudencia Registral==
==Jurisprudencia Registral==


'''Resoluciones del Tribunal Registral'''


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'''Sumilla de la Resolución 2443-2023- SUNARP-TR de 02/06/2023 sobre Constitución de asociación con reserva de nombre.'''
 
No procede formular observaciones al nombre de una persona jurídica cuya constitución es materia de calificación, si el mismo goza de reserva de preferencia registral.
 
Sumilla de la Resolución 1973-2023- SUNARP-TR de 05/05/2023 sobre Contenido del Estatuto de una asociación.
 
Si el estatuto no señala el plazo o tiempo que debe mediar entre la convocatoria y la fecha de realización de la asamblea o consejo directivo ello no debe dar lugar a la denegatoria de inscripción.
 
 
'''Sumilla de la Resolución 2493-2022- SUNARP-TR de 27/06/2022 sobre Requisitos para la inscripción del acto de constitución de una asociación.'''
 
Para la inscripción del acto de constitución de una persona jurídica, el título deberá contener, entre otros, la voluntad de constituir la persona jurídica, su nombre y su domicilio en el territorio peruano, debiendo consignarse en este último caso el distrito, la provincia y departamento.
 
'''Sumilla de la Resolución 1321-2016-SUNARP-TR-L de 30/06/2016 sobre principio de autorregulación de una asociación'''
 
El ordenamiento jurídico y el principio de autonomía privada otorga a los asociados la facultad de autorregular sus intereses de la manera que crean más conveniente, sin más limitaciones que la ley imperativa, el orden público y las buenas costumbres. En tal sentido, no procede la inscripción del estatuto de una asociación que establece la existencia de un órgano de mayor jerarquía que la asamblea general, por contravenir lo establecido en el artículo 84 del Código Civil.


==Tasa registral==
==Tasa registral==