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Diferencia entre revisiones de «Anotación de embargo administrativo»

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EL [[Embargo administrativo]] puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.
El [[Embargo administrativo]] puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.


== Requisitos para la inscripción ==
==Requisitos para la inscripción==


a) Formato de Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante. Recabarlo en la oficina registral.  
a) Formato de Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante. Recabarlo en la oficina registral.  
Línea 9: Línea 9:
'''Base legal:''' art. 128 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios.
'''Base legal:''' art. 128 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios.


== Precedente de observancia obligatoria ==
==Precedente de observancia obligatoria==


II PLENO Sesión ordinaria realizada los días 29 y 30 de noviembre de 2002. Publicado en el diario oficial “El Peruano” el 22 de enero de 2003.
II PLENO Sesión ordinaria realizada los días 29 y 30 de noviembre de 2002. Publicado en el diario oficial “El Peruano” el 22 de enero de 2003.
Línea 37: Línea 37:
JURISPRUDENCIA REGISTRAL
JURISPRUDENCIA REGISTRAL


== Resoluciones del Tribunal Registral ==  
==Resoluciones del Tribunal Registral==  


'''DERECHOS REGISTRALES DE ACLARACiÓN DE EMBARGO'''
'''DERECHOS REGISTRALES DE ACLARACiÓN DE EMBARGO'''
Línea 56: Línea 56:
Res. N° 1808-2013-SUNARP-TR-L de 11/5/2013
Res. N° 1808-2013-SUNARP-TR-L de 11/5/2013


== Tasa registral ==
==Tasa registral==


Derecho de presentación: S/ 34.00  
Derecho de presentación: S/ 34.00  
2010

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