Inscripción de otorgamiento de matrícula provisional o de traslado de aeronave

De wikiregistral

Una persona natural, jurídica o autoridad solicita el otorgamiento de matrícula de una aeronave, sea definitiva, provisional o de traslado; situación que se inscribe en el registro para publicitarla adecuadamente.

Requisitos para la inscripción

1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito, requiriendo el otorgamiento de la matrícula provisional o de traslado, según corresponda.

2.- Oficio de aprobación por parte de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).

3.- Certificado de cancelación de matrícula anterior, si la aeronave ostentaba matrícula extranjera; o, la constancia expedida por el fabricante o el vendedor, en el caso de aeronave nueva.

Base legal

  • VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020
  • Artículos 39, 40, 41 y 42 de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, Ley 27261
  • Artículos 63, 64, 65, 66, 67 y 68 Segunda Disposición Transitoria y Final Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil Decreto Supremo 050-2001-MTC
  • Artículo 2009 del Código Civil
  • Decreto Legislativo 295 25/07/1984
  • Artículo 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994
  • Artículos 16, 19, 22, 25, 27 y 29 del Reglamento de Inscripciones del Registro Público de Aeronaves Resolución de Superintendencia 360-2002 SUNARP/SN 11/09/2002

Precedentes de observancia obligatoria

No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

No se ha aprobado jurisprudencia registral sobre este acto.

Tasa registral

  • Derecho de calificación: S/ 11.00
  • Derecho de inscripción: S/ 438.00

Plazo de calificación

  • 7 días hábiles (sujeto a complejidad del título).