Inscripción de transferencia de propiedad por aplicación de clausula resolutoria expresa

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¿Qué es la Transferencia de propiedad por aplicación de clausula resolutoria expresa?

Es la transferencia de propiedad como consecuencia de la ejecución de una cláusula resolutoria expresa detallada expresamente en el contrato, cuando una de las partes no cumple determinada prestación a su cargo establecida con toda precisión.

La resolución se produce de pleno derecho cuando la parte interesada comunica a la otra que quiere valerse de la cláusula resolutoria.

Requisitos para la inscripción

  • Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito recabado en la oficina registral.
  • Parte notarial de la escritura pública con la debida autorización del notario para su presentación ante la Sunarp o formulario registral legalizado por notario o por jueces de paz, en dos lugares que no cuenten con notario (siempre que el valor de los predios no superen las 20 UIT) otorgado unilateralmente por la parte que goza del derecho a resolver el contrato, en el lugar que se indique la presentación incumplida.
  • Adjuntar la carta notarial en otra comunicación indubitable cursada al deudor en el sentido que quiere valerse de la cláusula resolutoria, salvo que se encuentre incierta en la escritura publica.

Precedente de observancia obligatoria

No se han aprobado precedentes sobre este acto.

JURISPRUDENCIA REGISTRAL

Resoluciones del Tribunal Registral

RESOLUCION DE PLENO DERECHO DE COMPRAVENTA

Esta dentro de los alcances del control de legalidad que realiza el Registrador, verificar que se haya producido la intimación que alude el artículo 1429 del Código Civil, pues a partir de este momento que el contrato queda resuelto de pleno derecho, debiendo por tanto comprobar si se ha cumplido con presentar los documentos requeridos en el artículo 69 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios.

Resolución 110-2011-SUNARP-TR-A de 11/03/2011

Tasas registrales

a) Tasa aplicable cuando el valor de la transferencia es hasta S/.35,000.00 soles.

Derecho de presentación: S/.34.00 soles

Derecho de inscripción: valor de la transferencia por 1.5 entre 1000

b) Tasa aplicable cuando el valor de la transferencia es mayor de S/.35,000.00 soles.

Derecho de presentación: S/.34.00 soles

Derecho de inscripción: valor de la transferencia por 3 entre 1000

PLAZO DE CALIFICACIÓN

7 días hábiles. Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título "