Diferencia entre revisiones de «Casos prácticos del T.P. del TUO del RGRP»

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* <span sytle="font-size: 17px" >Este principio privilegia la situación del tercero registral de buena fe, amparando la adquisición por éste realizada confiando en los asientos registrales, frente a cualquier causa secreta de inexactitud no publicitada.</span>
* <span sytle="font-size: 17px" >Este principio privilegia la situación del tercero registral de buena fe, amparando la adquisición por éste realizada confiando en los asientos registrales, frente a cualquier causa secreta de inexactitud no publicitada.</span>


===IX. PRINCIPIO DE PRIORIDAD PREFERENTE===
==='''IX. PRINCIPIO DE PRIORIDAD PREFERENTE'''===
<pre style="font-size:17px; color:green">Los efectos de los asientos registrales, así como la preferencia de los derechos que de estos emanan, se retrotraen a la fecha y hora del respectivo asiento de presentación, salvo disposición en contrario.</pre>
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''<pre style="font-size:17px; color:green">Los efectos de los asientos registrales, así como la preferencia de los derechos que de estos emanan, se retrotraen a la fecha y hora del respectivo asiento de presentación, salvo disposición en contrario.</pre>''


=====Ejemplo práctico=====
====='''Ejemplo práctico'''=====
El día 3 de enero a las 10am, Juan presenta el título de compraventa de un inmueble para su inscripción en el Registro de Predios.
* <span style="font-size: 17px" >El día 3 de enero a las 10am, Juan presenta el título de compraventa de un inmueble para su inscripción en el Registro de Predios.</span>
Ese mismo día 3 de enero, pero a las 3pm, Pedro también presenta un título por el cual adquirió el mismo inmueble de un supuesto propietario distinto.


En este caso, aunque las inscripciones definitivas aún no se hayan practicado, por el principio de prioridad preferente, Juan tendrá preferencia sobre Pedro para la inscripción de su derecho sobre el inmueble.
* <span style="font-size: 17px" >Ese mismo día 3 de enero, pero a las 3pm, Pedro también presenta un título por el cual adquirió el mismo inmueble de un supuesto propietario distinto.</span>


Esto se debe a que los efectos de los asientos registrales se retrotraen a la fecha y hora del respectivo asiento de presentación del título.
* <span style="font-size: 17px" >En este caso, aunque las inscripciones definitivas aún no se hayan practicado, por el principio de prioridad preferente, Juan tendrá preferencia sobre Pedro para la inscripción de su derecho sobre el inmueble.</span>


Al haber presentado Juan primero su título, a las 10am del 3 de enero, su derecho goza de prioridad preferente sobre el de Pedro, quien presentó después a las 3pm del mismo día.
* <span style="font-size: 17px" >Esto se debe a que los efectos de los asientos registrales se retrotraen a la fecha y hora del respectivo asiento de presentación del título.</span>


Por tanto, se inscribirá primero la adquisición de Juan y si hay incompatibilidad entre ambos derechos presentados, prevalecerá el de Juan por su presentación anterior en el tiempo.
* <span style="font-size: 17px" >Al haber presentado Juan primero su título, a las 10am del 3 de enero, su derecho goza de prioridad preferente sobre el de Pedro, quien presentó después a las 3pm del mismo día.</span>


Así se aplica el principio de prioridad temporal, confiriendo preferencia al derecho que primero ingresó al registro mediante el asiento de presentación, aun cuando las inscripciones definitivas sean posteriores.
* <span style="font-size: 17px" >Por tanto, se inscribirá primero la adquisición de Juan y si hay incompatibilidad entre ambos derechos presentados, prevalecerá el de Juan por su presentación anterior en el tiempo.</span>
 
* <span style="font-size: 17px" >Así se aplica el principio de prioridad temporal, confiriendo preferencia al derecho que primero ingresó al registro mediante el asiento de presentación, aun cuando las inscripciones definitivas sean posteriores.</span>


===X. PRINCIPIO DE PRIORIDAD EXCLUYENTE===
===X. PRINCIPIO DE PRIORIDAD EXCLUYENTE===