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Una o mas personas naturales o jurídicas dotan de legalidad y publicidad registral a la transferencia de propiedad vehicular que se realizan mediante instrumentos protocolares notariales. Entre ellas están: La transferencia por compra venta, de cuota ideal, por donación, anticipo de legítima, por ejecución extrajudicial de la garantía, con pacto de reserva de propiedad, por cláusula resolutoria expresa y por resolución por autoridad del acreedor. | Una o mas personas naturales o jurídicas dotan de legalidad y publicidad registral a la transferencia de propiedad vehicular que se realizan mediante instrumentos protocolares notariales. Entre ellas están: La transferencia por compra venta, de cuota ideal, por donación, anticipo de legítima, por ejecución extrajudicial de la garantía, con pacto de reserva de propiedad, por cláusula resolutoria expresa y por resolución por autoridad del acreedor. | ||
== Requisitos para la inscripción == | ==Requisitos para la inscripción== | ||
1.- Formato de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito. | 1.- Formato de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito. | ||
Línea 24: | Línea 24: | ||
11.- Cuando se asigne un nuevo número de matrícula y en caso que el vehículo será destinado a la prestación del Servicio de transporte de personas se adjuntará copia certificada de la Constancia de habilitación del vehículo en el servicio de transporte de personas otorgado por la autoridad competente. | 11.- Cuando se asigne un nuevo número de matrícula y en caso que el vehículo será destinado a la prestación del Servicio de transporte de personas se adjuntará copia certificada de la Constancia de habilitación del vehículo en el servicio de transporte de personas otorgado por la autoridad competente. | ||
== Base legal == | ==Base legal== | ||
*VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020 | *VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020 | ||
Línea 38: | Línea 38: | ||
*Artículo 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos Ley 26366 14/10/1994. | *Artículo 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos Ley 26366 14/10/1994. | ||
== Precedentes de observancia obligatoria == | ==Precedentes de observancia obligatoria== | ||
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto. | No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto. | ||
== Jurisprudencia Registral == | ==Jurisprudencia Registral== | ||
'''Sumilla de la Resolución 748-2018-SUNARP-TR-A de 08/11/2018 sobre Transferencia de vehículos''' | '''Sumilla de la Resolución 748-2018-SUNARP-TR-A de 08/11/2018 sobre Transferencia de vehículos''' | ||
Línea 56: | Línea 56: | ||
''En el acta de transferencia de vehículos, al igual que en la escritura pública, también debe consignarse que el notario efectuó las mínimas acciones de control en materia de prevención del lavado de activos, porque el objeto de la ley es que en todas las transacciones de bienes, sean inmuebles o muebles, el notario efectúe las indagaciones mínimas para la prevención del lavado de activos, dejando constancia de ello en los instrumentos que extienda.'' | ''En el acta de transferencia de vehículos, al igual que en la escritura pública, también debe consignarse que el notario efectuó las mínimas acciones de control en materia de prevención del lavado de activos, porque el objeto de la ley es que en todas las transacciones de bienes, sean inmuebles o muebles, el notario efectúe las indagaciones mínimas para la prevención del lavado de activos, dejando constancia de ello en los instrumentos que extienda.'' | ||
== Tasa registral == | ==Tasa registral== | ||
*Derecho de | *Derecho de calificación: S/ 22.00 | ||
*Derecho de inscripción: S/ | *Derecho de inscripción: S/ 57.00 | ||
== Plazo de calificación == | ==Plazo de calificación== | ||
* 7 días hábiles (sujeto a complejidad del título). | *7 días hábiles (sujeto a complejidad del título). |