Diferencia entre revisiones de «Inscripción de transformación de sociedad a E.I.R.L. - Empresa individual de responsabilidad limitada»
Inscripción de transformación de sociedad a E.I.R.L. - Empresa individual de responsabilidad limitada (ver código)
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El [[Acuerdo de transformación]] de una [[Sociedad]] a una [[Empresa individual de responsabilidad limitada E.I.R.L.]] puede inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas . | El [[Acuerdo de transformación]] de una [[Sociedad]] a una [[Empresa individual de responsabilidad limitada E.I.R.L.]] puede inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas . | ||
== Requisitos para la inscripción == | == Requisitos para la inscripción == | ||
a)Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | a) Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | ||
b)Escritura pública que contenga el acta de junta de accionistas donde conste el acuerdo de transformación, el nuevo estatuto de la empresa, la relación de los socios o accionistas que se hubieran separado y el capital que representan. | b) Escritura pública que contenga el acta de junta de accionistas donde conste el acuerdo de transformación, el nuevo estatuto de la empresa, la relación de los socios o accionistas que se hubieran separado y el capital que representan. | ||
c)Deberá insertarse en la Escritura Pública, los balances generales cerrados al día anterior del acuerdo y al día anterior del otorgamiento de la Escritura Pública. | c) Deberá insertarse en la Escritura Pública, los balances generales cerrados al día anterior del acuerdo y al día anterior del otorgamiento de la Escritura Pública. | ||
d)Originales o copias certificadas por Notario de los avisos de transformación publicados en el Diario Oficial El Peruano por tres (03) veces consecutivas. | d) Originales o copias certificadas por Notario de los avisos de transformación publicados en el Diario Oficial El Peruano por tres (03) veces consecutivas. | ||
e)Declaración Jurada del Gerente en el sentido que no se ha producido oposición al acuerdo de transformación. | e) Declaración Jurada del Gerente en el sentido que no se ha producido oposición al acuerdo de transformación. | ||
f)Pago de derechos registrales. | f) Pago de derechos registrales. | ||
g)Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | g) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | ||
== Base legal == | == Base legal == | ||
* Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias. | * Artículos 15,17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias. | ||
* Artículos 71 al 75 del | * Artículos 71 al 75 del Decreto Legislativo N° 21621 Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (15/09/1976). | ||
* | * Decreto Supremo N° 37-94-JUS (07/07/1994) | ||
* Artículo 2011 del Código Civil aprobado por Decreto Legislativo 295 (25/07/1984). | |||
== Precedentes de observancia obligatoria == | == Precedentes de observancia obligatoria == | ||
Línea 33: | Línea 30: | ||
No se han aprobado precedentes sobre este acto. | No se han aprobado precedentes sobre este acto. | ||
Jurisprudencia Registral | ==Jurisprudencia Registral== | ||
=== Resoluciones del Tribunal Registral === | |||
== Resoluciones del Tribunal Registral == | |||
====Sumilla de la Resolución 066-2016-SUNARP-TR-A de 28/01/2016 sobre inexigencia de insertos de publicaciones en escritura pública de transformación de sociedad a EIRL==== | |||
Para la inscripción de la transformación de una sociedad a una empresa individual de responsabilidad limitada no se requiere que consten inserta en la escritura pública las publicaciones del acuerdo de transformación. | ''Para la inscripción de la transformación de una sociedad a una empresa individual de responsabilidad limitada no se requiere que consten inserta en la escritura pública las publicaciones del acuerdo de transformación.'' | ||
== Tasa | ==Tasa Registral== | ||
*Derecho de presentación: S/ 10.00 | |||
*Derecho de inscripción: S/ 10.00 | |||
*Plazo de calificación: 7 días hábiles | |||
'' | '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título."'''' | ||
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