→Requisitos para la inscripción
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b) Resolución municipal o certificado de jurisdicción expedido por la Municipalidad competente. | b) Resolución municipal o certificado de jurisdicción expedido por la Municipalidad competente. | ||
==Tener en cuenta para la inscripción== | |||
Es inscribible la rectificación de jurisdicción a solicitud de la Municipalidad a favor de quien se resolvió un conflicto de competencia, acompañando cualquiera de los documentos que dan lugar a la inscripción de la jurisdicción y la copia certificada de la resolución judicial correspondiente. La rectificación de jurisdicción municipal inscrita en estos términos impedirá la inscripción de cualquier otro acto otorgado por la Municipalidad no competente y dará mérito para cancelar las inscripciones anteriores de jurisdicción distrital a favor de Municipalidad distinta a la favorecida en el conflicto de competencia. | Es inscribible la rectificación de jurisdicción a solicitud de la Municipalidad a favor de quien se resolvió un conflicto de competencia, acompañando cualquiera de los documentos que dan lugar a la inscripción de la jurisdicción y la copia certificada de la resolución judicial correspondiente. La rectificación de jurisdicción municipal inscrita en estos términos impedirá la inscripción de cualquier otro acto otorgado por la Municipalidad no competente y dará mérito para cancelar las inscripciones anteriores de jurisdicción distrital a favor de Municipalidad distinta a la favorecida en el conflicto de competencia. | ||
==Base legal== | |||
Artículo 90 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN. | Artículo 90 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN. |