Diferencia entre revisiones de «Inscripción de independización por subdivisión de predio urbano»
Inscripción de independización por subdivisión de predio urbano (ver código)
Revisión del 05:03 3 abr 2020
, 3 abr 2020→Tener en cuenta para la inscripción
Etiqueta: visualeditor-wikitext |
Etiqueta: visualeditor-wikitext |
||
Línea 19: | Línea 19: | ||
==Tener en cuenta para la inscripción== | ==Tener en cuenta para la inscripción== | ||
Debe haber conformidad entre el contenido de la memoria descriptiva y los datos de los planos de subdivisión. | * Debe haber conformidad entre el contenido de la memoria descriptiva y los datos de los planos de subdivisión. | ||
* Sólo se requiere informe técnico del Área de Catastro, si el predio no proviene de lotizaciones o habilitaciones urbanas inscritas. | |||
No se requerirá autorización municipal de subdivisión cuando la independización se origina en la desacumulación de predios, siempre que éstos retornen a su descripción primigenia. En este caso bastará solicitud con firma certificada de los propietarios. | * No se requerirá autorización municipal de subdivisión cuando la independización se origina en la desacumulación de predios, siempre que éstos retornen a su descripción primigenia. En este caso bastará solicitud con firma certificada de los propietarios. | ||
Cuando la autorización municipal se refiere a predios configurados como quinta, para independizar las porciones resultantes se requiere inscribir el reglamento interno. En este caso, para inscribir el reglamento no se requiere como acto previo inscribir la declaratoria de fábrica. | * Cuando la autorización municipal se refiere a predios configurados como quinta, para independizar las porciones resultantes se requiere inscribir el reglamento interno. En este caso, para inscribir el reglamento no se requiere como acto previo inscribir la declaratoria de fábrica. | ||
* No se requerirá de resolución municipal de subdivisión cuando la independización se origina en la desacumulación de predios, siempre que estos retornen a su inscripción primigenia. Se presentará solicitud con firma certificada del propietario. | |||
* Si se trata de subdivisiones efectuadas dentro del procedimiento de regularización de edificaciones a que se refiere la ley N° 27157 y la Ley N° 27333, se presentará formulario registral o Escritura Pública acompañada de los siguientes documentos: a) Plano de independización en el que conste el área, linderos y medidas perimétricas tanto del área a independizar como del remanente. b) Certificado de parámetros urbanísticos y edificatorios. | |||
== Base legal == | == Base legal == |