Diferencia entre revisiones de «Inscripción de otras transferencias de propiedad vehicular»
Inscripción de otras transferencias de propiedad vehicular (ver código)
Revisión del 23:20 2 jun 2021
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DESCRIPCION | DESCRIPCION | ||
Una o mas personas naturales o jurídicas dotan de legalidad y publicidad registral a la transferencia de propiedad vehicular que se realizan | Una o mas personas naturales o jurídicas dotan de legalidad y publicidad registral a la transferencia de propiedad vehicular que se realizan | ||
mediante instrumentos protocolares notariales. Entre ellas estan: La transferencia por compra venta, de cuota ideal, por donación, anticipo de | mediante instrumentos protocolares notariales. Entre ellas estan: La transferencia por compra venta, de cuota ideal, por donación, anticipo de | ||
legítima, por ejecución extrajudicial de la garantía, con pacto de reserva de propiedad, por cláusula resolutoria expresa y por resolución por | legítima, por ejecución extrajudicial de la garantía, con pacto de reserva de propiedad, por cláusula resolutoria expresa y por resolución por | ||
autoridad del acreedor. | autoridad del acreedor. | ||
REQUISITOS | REQUISITOS | ||
1.- Formato de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito. | |||
2.- Parte notarial del Acta de Transferencia Vehicular | |||
3.- En caso de transferencia de cuota ideal se deberá adjuntar el parte notarial del acta de transferencia en la que se indique la proporción de la | |||
cuota ideal transferida, en relación con la totalidad del vehículo. | |||
4.- En caso de transferencia por donación se deberá adjuntar el Parte notarial que contiene la valorización del vehículo y, de ser el caso, las cargas | |||
que ha de satisfacer el donatario. | |||
5.- En caso transferencia por anticipo de legítima se adjuntará el parte notarial y la copia certificada de la partida de nacimiento expedida por | |||
funcionario de la Reniec o su inserto en el instrumento notarial. | |||
6.- En caso de revocatoria de la donación se adjuntará parte notarial otorgado unilateralmente por el donante. | |||
7.- En caso de transferencia de propiedad por ejecución extrajudicial de la garantía la mobiliaria se realizará en mérito de la escritura pública o acta | |||
notarial de transferencia otorgada por el representante y con la intervención del tercero adquirente o del acreedor adjudicatario. | |||
8.- En caso de transferencia de propiedad a favor del adquirente proveniente de una compra venta con pacto de reserva de propiedad se deberá | |||
presentar el Acta de transferencia notarial otorgada por el vendedor con la declaración que se ha cancelado el importe del precio convenido o que | |||
en todo caso, ha operado la transferencia del vehículo. | |||
9.- En caso de transferencia de propiedad a favor del enajenante proveniente de una compra venta con cláusula resolutoria deberá presentar acta | |||
de transferencia notarial otorgada por la parte que goza del derecho de resolver el contrato, en el que se indique con toda precisión la prestación | |||
incumplida,debiendo adjuntar la carta notarial u otra comunicación indubitable cursada al deudor en el sentido que quiera valerse de la cláusula | |||
resolutoria, salvo que se encuentre inserta en el acta notarial. | |||
10.- En caso de transferencia de propiedad proveniente de una resolución de pleno derecho , deberá adjuntar acta de transferencia notarial | |||
otorgada por la parte perjudicada con el incumplimiento y la carta notarial requiriendo a la otra parte para que cumpla con la prestación , salvo que | |||
se encuentre inserta en el acta notarial. | |||
11.- Cuando se asigne un nuevo número de matrícula y en caso que el vehículo será destinado a la prestación del Servicio de transporte de | |||
personas se adjuntará copia certificada de la Constancia de habilitación del vehículo en el servicio de transporte de personas otorgado por la | |||
autoridad competente. | |||
BASE LEGAL | |||
VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020 | |||
165 T.U.O. de la Ley del Procedimiento Administrativo General Decreto Supremo 004-2019-JUS 25/01/2019 | |||
15 T.U.O. DEL REGLAMENTO GENERAL DE REGISTROS PÚBLICOS aprobado por Resolución de Superintendencia | |||
126-2012- SUNARP/SN | |||
37, 78, 79, 80 y 85 Decreto Legislativo del Notariado (modificado por la Ley 30313) Decreto Legislativo 1049 26/06/2008 | |||
4, 6, 65, 66, 67, 69, 70, 77, 78 y 79 Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular aprobado por Resolución de Superintendencia 039-2013- SUNARP/SN 20/02/2013 | |||
1429, 1430, 1583, 1621, 1637, 1640 y 2011 del Código Civil Decreto Legislativo 295 25/07/1984 | |||
1,2 Disposiciones aplicables a la transferencia de propiedad de vehículos automotores aprobado por Decreto Supremo 036-2001-JUS 25/10/2001 | |||
112 y 113 Reglamento de Inscripciones del Registro Mobiliario de Contratos y su vinculación con los Registros Jurídicos de Bienes Muebles aprobado por Resolución de Superintendencia 142-2006-SUNARP/SN 26/05/2006 | |||
47 y 53 LEY DE LA GARANTÍA MOBILIARIA Ley 28677 | |||
4 Disposiciones para la aplicación del sistema de codificación de la Placa Única Nacional de Rodaje | |||
Otros Resolución Directoral 4560-2011-MTC/15 11/12/2011 | |||
10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos Ley 26366 14/10/1994. | |||
'''Precedentes de observancia obligatoria''' | |||
No se han aprobado precedentes sobre este acto | |||
'''Jurisprudencia Registral''' | |||
No jurisprudencia registral sobre este acto | |||
'''Tasa registral''' | |||
* Derecho de presentación: S/ 22.00 | |||
* Derecho de inscripción: S/ 56.00 | |||
'''Plazo de calificación''' | |||
7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados). |