Diferencia entre revisiones de «Anotación de embargo administrativo en el Registro de Propiedad Inmueble»
Anotación de embargo administrativo en el Registro de Propiedad Inmueble (ver código)
Revisión del 03:45 27 mar 2020
, 27 mar 2020→Tasa registral
Etiqueta: visualeditor-wikitext |
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Línea 79: | Línea 79: | ||
===Tasa aplicable al monto valorizado hasta S/ 35 000.00=== | ===Tasa aplicable al monto valorizado hasta S/ 35 000.00=== | ||
* Derecho de | * Derecho de calificación: S/ 35.00 | ||
* Derecho de inscripción: 0.75 multiplicado por el valor del embargo y luego dividido entre 1000. | * Derecho de inscripción: 0.75 multiplicado por el valor del embargo y luego dividido entre 1000. | ||
===Tasa aplicable al monto valorizado en más de S/ 35 000.00 soles=== | ===Tasa aplicable al monto valorizado en más de S/ 35 000.00 soles=== | ||
* Derecho de | * Derecho de calificación: S/ 35.00 | ||
* Derecho de inscripción: 1.5 multiplicado por el valor del embargo y luego dividido entre 1000. | * Derecho de inscripción: 1.5 multiplicado por el valor del embargo y luego dividido entre 1000. | ||