Inscripción de nulidad de acto administrativo (ver código)
Revisión del 16:49 23 abr 2020
, 23 abr 2020→Tener en cuenta para la inscripción
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Línea 15: | Línea 15: | ||
f) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | f) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | ||
==Tener en cuenta | ==Tener en cuenta== | ||
* El registrador podrá calificar la competencia del funcionario que emite el acto administrativo, la formalidad de la decisión administrativa, el carácter inscribible del acto o derecho y la adecuación del título con los antecedentes registrales. | * El registrador podrá calificar la competencia del funcionario que emite el acto administrativo, la formalidad de la decisión administrativa, el carácter inscribible del acto o derecho y la adecuación del título con los antecedentes registrales. |