Diferencia entre revisiones de «Anotación de embargo judicial en el Registro de Propiedad Inmueble»

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Línea 54: Línea 54:


== Acuerdos adoptados en Pleno Registral==
== Acuerdos adoptados en Pleno Registral==


'''Caducidad de embargos penales'''
'''Caducidad de embargos penales'''
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''El título material que da mérito a la anotación de embargo en forma de inscripción es la resolución judicial que concede dicha medida cautelar. De otro lado, el título formal está constituido por el parte judicial remitido por el órgano jurisdiccional competente, mediante oficio dirigido por el Juez al funcionario público, el cual debe estar conformado por la copia certificada de la resolución que concede la medida, la que contendrá la individualización del predio afectado y el monto de la afectación. Asimismo, el número de la partida registral del predio debe constar en la resolución que concede la medida cautelar o desprenderse del parte judicial correspondiente.''
''El título material que da mérito a la anotación de embargo en forma de inscripción es la resolución judicial que concede dicha medida cautelar. De otro lado, el título formal está constituido por el parte judicial remitido por el órgano jurisdiccional competente, mediante oficio dirigido por el Juez al funcionario público, el cual debe estar conformado por la copia certificada de la resolución que concede la medida, la que contendrá la individualización del predio afectado y el monto de la afectación. Asimismo, el número de la partida registral del predio debe constar en la resolución que concede la medida cautelar o desprenderse del parte judicial correspondiente.''


==== Sumilla de la Resolución Nº 2317-2018-SUNARP-TR-L de 01/10/2018 sobre embargo de la cuota ideal de uno de los conyugues respecto de un bien social====
==== Sumilla de la Resolución Nº 2317-2018-SUNARP-TR-L de 01/10/2018 sobre embargo de la cuota ideal de uno de los conyugues respecto de un bien social====


''Cuando se trata de un bien social, solo procede registrar un embargo si la resolución cautelar precisa que el embargo recaerá sobre la cuota ideal que le corresponderá al cónyuge obligado al fenecimiento de la sociedad de gananciales.''
''Cuando se trata de un bien social, solo procede registrar un embargo si la resolución cautelar precisa que el embargo recaerá sobre la cuota ideal que le corresponderá al cónyuge obligado al fenecimiento de la sociedad de gananciales.''


====Resolución Nº 1193-2018-SUNARP-TR-L de 23/05/2018 sobre firma digital en documentos judiciales====
====Resolución Nº 1193-2018-SUNARP-TR-L de 23/05/2018 sobre firma digital en documentos judiciales====
2010

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