Diferencia entre revisiones de «Anotación de robo»

De wikiregistral
(Página creada con «== ¿Qué es la Anotación de robo? == Es la anotación del robo de un vehículo en su partida registral respectiva, con el fin que se publicite. == Requisitos para la in…»)
 
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor
 
(No se muestran 33 ediciones intermedias de 3 usuarios)
Línea 1: Línea 1:
== ¿Qué es la Anotación de robo? ==
Es la [[Anotación]] del robo partida registral del vehículo, con el fin que se publicite <ref>Resolución N° 1076-2015-SUNARP-TR-L</ref>.


Es la anotación del robo de un vehículo en su partida registral respectiva, con el fin que se publicite.
==Requisitos para la inscripción==


== Requisitos para la inscripción ==
a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).


'''¿Qué documentos debe presentar?'''
b) Boletín o certificado de vehículo robado que expida la Policía Nacional del Perú.


a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante. Recabarlo en la oficina registral.
c) Los derechos registrales por la anotación de robo serán pagados adicionalmente al anotarse la respectiva solicitud de cancelación de dicho asiento.


b) Oficio original remitido por la policía nacional donde se solicita la anotación del robo de determinado vehículo.
==Base legal==


== Precedentes de observancia obligatoria ==
*Artículos 4, 7, 9, 10, 12, 14, 15, 17, 25, 28, 166, 167, 168, 169, 170, 171 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias.


No existen precedentes sobre este acto.
*Artículos: 4, 6, 7, 8, 11, 13 y 99 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular aprobado por [[Resolución N° 039-2013-SUNARP/SN]]  y sus modificatorias.


JURISPRUDENCIA REGISTRAL
*Título Preliminar, Norma II del Decreto Supremo N° 133-2013-EF que aprueba el TUO del Código Tributario.


== Resoluciones del Tribunal Registral ==
*Resolución N° 268-2019-SUNARP/SN que aprueba la actualización del monto de los derechos registrales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para el año 2020.[https://www.sunarp.gob.pe/normas-resoluciones.asp. Enlace de referencia]


'''LEVANTAMIENTO DE ANOTACIÓN DE ROBO DE VEHÍCULO'''
==Precedentes de observancia obligatoria==


Es título suficiente para inscribir el levantamiento de anotación de robo de vehículo el boletín o certificado expedido por la Policía Nacional del Perú, el mismo que deberá indicar que el vehículo robado ha sido recuperado.
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.


Resolución 026-2015-SUNARP-TR-L de 09 de febrero de 2015.
== Acuerdos Plenarios ==


== Tasa registral ==
=== '''Transferencia vehicular''' ===
“Para proceder con la inscripción de la transferencia de vehículos con anotación de robo, como acto previo se deberá solicitar el levantamiento de dicha anotación”.


Tasa registral: S/0.00
''Pleno CXLVIII, Segundo Acuerdo Plenario, Sesión ordinaria modalidad presencial realizada el día 01 de abril de 2016.''


Plazo de calificación: 48 horas (no se cuentan días sábados, domingos ni feriados).
==Jurisprudencia Registral==


Documentación sujeto a calificación por parte del Registrador."
===Resoluciones del Tribunal Registral===
'''Sumilla de la Resolución 331-2021-SUNARP-TR-L de 18/02/2021 sobre Levantamiento de anotación de robo de vehículo'''
 
"Para la cancelación de la anotación de robo de vehículo debe presentarse el boletín o certificado expedido por la Policía Nacional del Perú (PNP), el mismo que deberá indicar que el vehículo robado ha sido recuperado".
 
====Sumilla de la Resolución 2952-2017-SUNARP-TR-L de 28/12/2017 sobre Transferencia vehicular====
 
"Para proceder con la inscripción de la transferencia de vehículos con anotación de robo, como acto previo se deberá solicitar el levantamiento de dicha anotación, salvo que se trate de una traslación por sucesión".
 
==Tasa registral==
 
*Los derechos registrales por la anotación de robo serán pagados al anotarse la respectiva solicitud de cancelación de dicho asiento.
 
== Plazo de calificación ==
 
* 7 días hábiles (sujeto a complejidad del título).
 
<br />
==Referencias==
 
<references />
 
  '''''"Documentación y pago sujeto a calificación por parte del Registrador Público".'''''

Revisión actual - 05:11 19 jun 2021

Es la Anotación del robo partida registral del vehículo, con el fin que se publicite [1].

Requisitos para la inscripción

a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).

b) Boletín o certificado de vehículo robado que expida la Policía Nacional del Perú.

c) Los derechos registrales por la anotación de robo serán pagados adicionalmente al anotarse la respectiva solicitud de cancelación de dicho asiento.

Base legal

  • Artículos 4, 7, 9, 10, 12, 14, 15, 17, 25, 28, 166, 167, 168, 169, 170, 171 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012) y sus modificatorias.
  • Artículos: 4, 6, 7, 8, 11, 13 y 99 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular aprobado por Resolución N° 039-2013-SUNARP/SN y sus modificatorias.
  • Título Preliminar, Norma II del Decreto Supremo N° 133-2013-EF que aprueba el TUO del Código Tributario.
  • Resolución N° 268-2019-SUNARP/SN que aprueba la actualización del monto de los derechos registrales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para el año 2020.Enlace de referencia

Precedentes de observancia obligatoria

No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.

Acuerdos Plenarios

Transferencia vehicular

“Para proceder con la inscripción de la transferencia de vehículos con anotación de robo, como acto previo se deberá solicitar el levantamiento de dicha anotación”.

Pleno CXLVIII, Segundo Acuerdo Plenario, Sesión ordinaria modalidad presencial realizada el día 01 de abril de 2016.

Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral

Sumilla de la Resolución 331-2021-SUNARP-TR-L de 18/02/2021 sobre Levantamiento de anotación de robo de vehículo

"Para la cancelación de la anotación de robo de vehículo debe presentarse el boletín o certificado expedido por la Policía Nacional del Perú (PNP), el mismo que deberá indicar que el vehículo robado ha sido recuperado".

Sumilla de la Resolución 2952-2017-SUNARP-TR-L de 28/12/2017 sobre Transferencia vehicular

"Para proceder con la inscripción de la transferencia de vehículos con anotación de robo, como acto previo se deberá solicitar el levantamiento de dicha anotación, salvo que se trate de una traslación por sucesión".

Tasa registral

  • Los derechos registrales por la anotación de robo serán pagados al anotarse la respectiva solicitud de cancelación de dicho asiento.

Plazo de calificación

  • 7 días hábiles (sujeto a complejidad del título).


Referencias

  1. Resolución N° 1076-2015-SUNARP-TR-L
 "Documentación y pago sujeto a calificación por parte del Registrador Público".