Diferencia entre revisiones de «Anotación de robo»

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c) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.
c) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.


d)Los derechos registrales por la anotación de robo serán pagados adicionalmente al anotarse la respectiva solicitud de cancelación de dicho asiento.
d) Los derechos registrales por la anotación de robo serán pagados adicionalmente al anotarse la respectiva solicitud de cancelación de dicho asiento.


== Base legal==
== Base legal==

Revisión del 21:38 27 dic 2019

Es la Anotación del robo de un vehículo en su partida registral respectiva, con el fin que se publicite.

Requisitos para la inscripción

a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).

b) Boletín o certificado de vehículo robado o recuperado que expida la Policía Nacional del Perú.

c) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.

d) Los derechos registrales por la anotación de robo serán pagados adicionalmente al anotarse la respectiva solicitud de cancelación de dicho asiento.

Base legal

  • Artículos 4, 7, 9, 10, 12, 14, 15, 17, 25, 28, 166, 167, 168, 169, 170, 171 de la Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN que aprueba el TUO del Reglamento General de los Registros Públicos.
  • Artículos: 4,6,7,8,11,13, 99 de la Resolución 039-2013-SUNARP-SN que aprueba el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular
  • Título Preliminar, Norma II del Decreto Supremo N° 133-2013-EF que aprueba el TUO del Código Tributario.
  • Decreto Supremo N° 37-94-JUS que aprueba los Aranceles de Registros Públicos.
  • Resolución N° 329-2018-SUNARP/SN que aprueba la actualización del monto de los derechos registrales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para el año 2019

Precedentes de observancia obligatoria

No existen precedentes sobre este acto.

Jurisprudencia Registral

Resoluciones del Tribunal Registral

Sumilla de la Resolución N° 026-2015-SUNARP-TR-L del 09/02/2015 sobre levantamiento de anotación de robo de vehículo

"Es título suficiente para inscribir el levantamiento de anotación de robo de vehículo el boletín o certificado expedido por la Policía Nacional del Perú, el mismo que deberá indicar que el vehículo robado ha sido recuperado".

Tasa registral

  • Derecho de Presentación: S/. 10.00
  • Derecho de inscripción: S/. 10.00
  • Plazo de calificación: 7 días hábiles.
 "Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".