Diferencia entre revisiones de «Anotación definitiva de sucesión intestada»

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==Requisitos para la inscripción==
==Requisitos para la inscripción==


a)Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.
a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.


b)Tratándose de proceso notarial, deberá presentar el parte notarial del acta de sucesión intestada donde se declara a los herederos. .
b) Tratándose de proceso notarial, deberá presentar el parte notarial del acta de sucesión intestada donde se declara a los herederos.  


c)Tratándose de proceso judicial, deberá presentar el parte judicial que contenga el oficio del juez, adjuntando las copias certificadas por auxiliar jurisdiccional de la sentencia y la resolución que declara consentida o ejecutoriada la sentencia.
c) Tratándose de proceso judicial, deberá presentar el parte judicial que contenga el oficio del juez, adjuntando las copias certificadas por auxiliar jurisdiccional de la sentencia y la resolución que declara consentida o ejecutoriada la sentencia.


d)Pago de derechos registrales.
d) Pago de los derechos registrales.


e)Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.
e) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.


== ¿Qué se deberá tener en cuenta para la inscripción? ==
== ¿Qué se deberá tener en cuenta para la inscripción? ==
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== Base legal==
== Base legal==


* Artículos  9, 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012).
* Artículos  9, 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias.


* Artículos 660, 815, 2010, 2011, 2041, 2042 del Código Civil aprobado por D. Leg N° 295 (25/07/1984).
* Artículos 660, 815, 2010, 2011, 2041, 2042 del Código Civil aprobado por D. Leg N° 295 (25/07/1984).
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==Tasa registral==
==Tasa registral==


* Derecho de presentación: S/ 10.00
* Derecho de calificación: S/ 10.00


* Derecho de inscripción: S/ 10.00
* Derecho de inscripción: S/ 10.00
Línea 67: Línea 67:
* 48 horas (no incluye sábados, domingos ni feriados)
* 48 horas (no incluye sábados, domingos ni feriados)


   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".'''''
   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''''
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