Diferencia entre revisiones de «Anotación preventiva de documentos previos de habilitación urbana»
Anotación preventiva de documentos previos de habilitación urbana (ver código)
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La [[Anotación preventiva]] de [[Certificado de zonificación y vías]] y [[Certificado de Factibilidad de Servicios]] puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble. | La [[Anotación preventiva]] de documentos previos, como el [[Certificado de zonificación y vías]] y el [[Certificado de Factibilidad de Servicios]] puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble. | ||
== Requisitos para la inscripción == | ==Requisitos para la inscripción== | ||
a) | a) Formulario de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito. | ||
b) Certificado de Zonificación y Vías emitido por las Municipalidades Provinciales o por la Municipalidad Metropolitana de Lima en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones y el Certificado de Factibilidad de Servicios emitido por las prestadoras de | b) Certificado de Zonificación y Vías emitido por las Municipalidades Provinciales o por la Municipalidad Metropolitana de Lima en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones y el Certificado de Factibilidad de Servicios emitido por las prestadoras de servicios de saneamiento y por las entidades prestadoras de energía eléctrica. | ||
c) Pago de derechos registrales. | |||
==Base legal== | ==Base legal== | ||
* Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) | *Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012). | ||
* | *Artículos 32 y 33 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por [[Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN]] (03/05/2013). | ||
* TUO de | *Artículos 2, 5 y 20 del TUO del Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, Decreto Supremo N° 029-2019-VIVIENDA (06/11/2019). | ||
* Decreto | *Artículo 2011 del Código Civil, Decreto Legislativo N° 295 (25/07/1984). | ||
* | *1 y 14 del TUO de la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-VIVIENDA (28/02/2017). | ||
==Precedentes de observancia obligatoria== | ==Precedentes de observancia obligatoria== | ||
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==Jurisprudencia Registral== | ==Jurisprudencia Registral== | ||
=== Resoluciones del Tribunal Registral === | ===Resoluciones del Tribunal Registral=== | ||
====Sumilla de la Resolución 205-2015-SUNARP-TR-L de 29/01/2015 sobre intervención de copropietarios en el certificado de zonificación y vías==== | |||
''Cuando se trata de la inscripción del Certificado de Zonificación y Vías no es aplicable el artículo 60 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, por lo que no es necesaria la intervención de todos los copropietarios ante la municipalidad distrital, basta la sola intervención de uno de ellos.'' | |||
====Sumilla de la Resolución 063-2013-SUNARP-TR-L de 11/01/2013 sobre certificado de zonificación y vías==== | ====Sumilla de la Resolución 063-2013-SUNARP-TR-L de 11/01/2013 sobre certificado de zonificación y vías==== | ||
Línea 54: | Línea 46: | ||
''En aplicación de la Ley N° 29090 y Adecuación del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios a las disposiciones de la Ley 29090, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 339-2008-SUNARP/SN es procedente anotar preventivamente el Certificado de Zonificación y Vías y el Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, entre otros.'' | ''En aplicación de la Ley N° 29090 y Adecuación del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios a las disposiciones de la Ley 29090, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 339-2008-SUNARP/SN es procedente anotar preventivamente el Certificado de Zonificación y Vías y el Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, entre otros.'' | ||
== Tasas registrales == | ==Tasas registrales== | ||
*Derecho de calificación: S/ | *Derecho de calificación: S/ 34.00 | ||
*Derecho de inscripción: S/ | *Derecho de inscripción: S/ 9.00 | ||
==Plazo de calificación== | ==Plazo de calificación== |