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Línea 102: | Línea 102: | ||
==Jurisprudencia Registral== | ==Jurisprudencia Registral== | ||
===Resoluciones del Tribunal Registral=== | ===Resoluciones del Tribunal Registral=== | ||
====Sumilla de la Resolución 2769-2022-SUNARP-TR de 15/07/2022 sobre anotación de demanda de prescripción adquisitiva de dominio==== | |||
La anotación preventiva de prescripción adquisitiva de dominio de origen notarial no es obstáculo para la anotación de la demanda de prescripción adquisitiva de dominio dispuesta judicialmente sobre el mismo predio. | |||
====Sumilla de la Resolución 482-2021-SUNARP-TR de 04/06/2021 sobre anotación preventiva de prescripción adquisitiva de dominio==== | |||
''La anotación preventiva de prescripción adquisitiva de dominio no es obstáculo para el acceso al Registro de un acto dispositivo que recaiga sobre el área en trámite de prescripción.'' | ''La anotación preventiva de prescripción adquisitiva de dominio no es obstáculo para el acceso al Registro de un acto dispositivo que recaiga sobre el área en trámite de prescripción.'' | ||
Línea 109: | Línea 116: | ||
''De conformidad con el literal e) del artículo 32 del Reglamento General de los Registros Públicos corresponde a las instancias registrales verificar la competencia del notario que autorice o certifique el título. En virtud de ello y considerando que el notario puede conocer solamente tramites de prescripción adquisitiva de dominio respecto de predios urbanos y ubicados en zona de expansión urbana, no corresponde inscribir la declaración de prescripción tramitada en sede notarial respecto de un predio eriazo inscrito como tal en el Registro a nombre del Estado, puesto que dicho asiento se encuentra legitimado.'' | ''De conformidad con el literal e) del artículo 32 del Reglamento General de los Registros Públicos corresponde a las instancias registrales verificar la competencia del notario que autorice o certifique el título. En virtud de ello y considerando que el notario puede conocer solamente tramites de prescripción adquisitiva de dominio respecto de predios urbanos y ubicados en zona de expansión urbana, no corresponde inscribir la declaración de prescripción tramitada en sede notarial respecto de un predio eriazo inscrito como tal en el Registro a nombre del Estado, puesto que dicho asiento se encuentra legitimado.'' | ||
==Tasas registrales== | ==Tasas registrales== |