Diferencia entre revisiones de «Anotación preventiva del proyecto de habilitación urbana»

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d)Memoria Descriptiva, la cual debe contener la descripción literal del área, linderos, medidas perimétricas y colindancias de los lotes. En caso dicha memoria descriptiva no describa los requisitos señalados, se presentará por el propietario documento que contenga dicha descripción, sin necesidad de certificación de firma.
d)Memoria Descriptiva, la cual debe contener la descripción literal del área, linderos, medidas perimétricas y colindancias de los lotes. En caso dicha memoria descriptiva no describa los requisitos señalados, se presentará por el propietario documento que contenga dicha descripción, sin necesidad de certificación de firma.
En caso el formulario no contenga el cuadro general de áreas del predio habilitado, el
área útil, cantidad de lotes que conforman la habilitación, áreas de aportes, áreas de
compensación si las hubiere y el área total de las vías públicas, debe presentarse
documentos complementarios que contengan dicha información.


e)Pago de derechos registrales.
e)Pago de derechos registrales.


f)La inscripción de la habilitación urbana se efectuará en mérito a los instrumento otorgados de conformidad con las normas vigentes a la fecha de su aprobación.
== ¿Qué se deberá tener en cuenta para la inscripción? ==
 
* Se remitirá el título al Área de Catastro para que emita el informe técnico correspondiente, a fin de determinar si el perímetro del predio matriz graficado en la documentación presentada se adecua al antecedente registral. En caso de discrepancias entre los datos de la memoria descriptiva y los planos, primarán los datos de este último. Las anotaciones preventivas caducarán conjuntamente con la licencia de habilitación, debiendo cerrarse las partidas pre independizadas, al momento que caduquen.
 
* La licencia de habilitación urbana puede ser prorrogada por única vez por 12 meses,
en cuyo caso se prorroga también la vigencia de las anotaciones preventivas. La prórroga debe ser concedida antes de que caduque la licencia.
 
* La licencia de habilitación urbana puede ser revalidada cuando la licencia ha
caducado, por un plazo de 36 meses.


== Base legal ==
== Base legal ==
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* Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012)
* Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012)


* Artículos 35, 37 y 38 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN (03/05/2013)
* Artículos 34, 35, 37 y 38 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN (03/05/2013)


* Artículos 16, 17 de la Ley de Regulación de Habilitaciones urbanas y de Edificaciones Ley N° 29090 (25/09/2007)
* Artículos 16, 17 de la Ley de Regulación de Habilitaciones urbanas y de Edificaciones Ley N° 29090 (25/09/2007)
+ Decreto Legislativo Nº1426 que modificó los artículos 10 y 21 del TUO de la Ley Nº29090.
* Artículos 10, 11 y 21 del TUO de la Ley N° 29090.


* Artículos 22, 23, 24 y 25 del D.S. 011-2017-Vivienda (15/05/2017)
* Artículos 22, 23, 24 y 25 del D.S. 011-2017-Vivienda (15/05/2017)
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* Directiva N° 08-2004-SUNARP/SN aprobada por Resolución N° 296-2004-SUNARP/SN (05/07/2004)
* Directiva N° 08-2004-SUNARP/SN aprobada por Resolución N° 296-2004-SUNARP/SN (05/07/2004)


* Directiva N° 03-2014-SUNARP/SN aprobada por Resolución N° 189-2014-SUNARP/SN (08/08/2014).
* Artículo 5, literal h) de la Directiva N° 03-2014-SUNARP/SN aprobada por Resolución N° 189-2014-SUNARP/SN (08/08/2014).


== Precedentes de observancia obligatoria ==
==[[ Precedentes de observancia obligatoria]] ==
No se han aprobado precedentes para este acto.
No se han aprobado precedentes para este acto.
==Acuerdos adoptados por el Pleno ==
'''Cuarto acuerdo del XLVI Pleno Registral'''
DERECHOS DE INSCRIPCIÓN EN APERTURA DE PARTIDA DE LOTES
“Por la apertura de partida de lotes provenientes de una habilitación urbana, trazado y
lotización o parcelación sólo se cobra los derechos de inscripción que ascienden a
0.32 % de la UIT por cada partida, sea que se independice conjunta o posteriormente.”
'''Octavo acuerdo del LXXX Pleno Registral'''
CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA DURANTE LA VIGENCIA DE LA ANOTACIÓN PREVENTIVA DE APROBACIÓN DE HABILITACIÓN URBANA.
“Mientras se encuentre vigente la anotación preventiva de aprobación de habilitación
urbana, no procede la inscripción de constitución de hipotecas sobre lotes individuales
en las partidas pre independizadas. Sin perjuicio de lo indicado y estando vigentes las partidas pre independizadas, es procedente la inscripción de la hipoteca sobre la totalidad del predio matriz, la misma que será trasladada simultáneamente a las partidas pre independizadas, siempre que se trate del mismo propietario”.
'''Primer acuerdo del pleno CXX'''
PRÓRROGA DE LA LICENCIA DE HABILITACIÓN URBANA
“Procederá la anotación de la prórroga de la licencia de habilitación urbana cuando
hubiera sido concedida oportunamente por la Municipalidad, aun cuando a la fecha del
asiento de presentación del título que contiene la prórroga, la anotación preventiva de
habilitación urbana ya hubiera caducado, siempre que no exista obstáculo en la
partida”.
'''Quinto acuerdo del Pleno CXXI'''
INTERPRETACIÓN DEL ART. 49 DEL RIRP
“Cuando la resolución municipal de aprobación de la habilitación haya autorizado la
libre disponibilidad, las inscripciones se harán preventivamente (pues es la primera
etapa). Las anotaciones preventivas se convertirán en definitivas al inscribirse la
recepción de obras (segunda etapa)”.
''Acuerdo del CLXIV Pleno Registral''
TRANSFERENCIA DE ÁREAS EN PROYECTO DE HABILITACIÓN URBANA.
Procede inscribir la transferencia del íntegro de un predio matriz sobre el cual se ha
registrado el proyecto de habilitación urbana, lo cual implica la transferencia tanto de la
futura área útil como del resto de las áreas (que incluye el área de aportes), siendo
consecuencia de ello que el adquirente se sustituye en la calidad de habilitador.
== Jurisprudencia Registral ==
=== Resoluciones del Tribunal Registral ===
''' Sumilla de Resolución N° 1352-2019-SUNARP-TR-L sobre normativa aplicable '''
''De conformidad con la Octava Disposición Transitoria del Reglamento de Inscripciones
del Registro de Predios, la inscripción de la habilitación urbana se efectuará en mérito
a los instrumentos otorgados de conformidad con las normas vigentes a la fecha de su
aprobación o declaración''.
''' Sumilla de Resolución N° 440-2016-SUNARP-TR-A sobre anotación del proyecto de habilitación urbana por silencio administrativo positivo '''
Para la inscripción de la anotación del proyecto de habilitación urbana por silencio
administrativo positivo se requerirá el cargo del Formulario Único de Habilitación
Urbana-FUHU y los documentos técnicos correspondientes, presentados ante la
Municipalidad respectiva, los cuales deberán encontrarse debidamente sellados,
firmados y foliados por el funcionario edil competente en cada uno de ellos y que se
le haya asignado el número de expediente correspondiente.


== Tasas Registrales ==
== Tasas Registrales ==


* Derecho de Presentación: S/ 64.00
Anotación preventiva de la licencia (resolución administrativa)
 
* Derecho de Presentación: S/ 33.00
 
* Derecho de inscripción: S/ 8.00
 
Preindependización de los lotes (Creación de partida registral).
 
¨* Derecho de Presentación: S/ 0.00
 
* Derecho de inscripción: S/ 13.00
 
PLAZO DE CALIFICACIÓN:


* Derecho de inscripción: S/ 17.00
* 8 días para emisión del informe técnico de catastro


* Plazo de calificación: 15 días hábiles
* 7 días para la calificación por el registrador.
2010

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