Diferencia entre revisiones de «Caducidad de la anotación preventiva de sucesión intestada»

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==Requisitos para la inscripción==
==Requisitos para la inscripción==


a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.


b)Declaración jurada del interesado con firma certificada ante Notario Público o autenticada por fedatario de la SUNARP, donde se indique el asiento registral donde conste inscrita la anotación.
b) Declaración jurada del interesado con firma certificada ante Notario Público o autenticada por fedatario de la SUNARP, donde se indique el asiento registral donde conste inscrita la anotación.


c)Pago de derechos registrales.
c) Pago de los derechos registrales.


d)Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.
d) Otros, según calificación registral  y disposiciones vigentes.


==Base legal==
==Base legal==


* Artículos 10, 12, 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012).
* Artículos 10, 12, 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos aprobado por [[Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN]] (18/05/2012) y sus modificatorias.


* Artículos 815, 816, 817, 818, 819, 820, 821, 822, 824,825, 828, 830, 2010, 2011, 2041, 2042, 2108  del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984)
* Artículos 815, 816, 817, 818, 819, 820, 821, 822, 824,825, 828, 830, 2010, 2011, 2041, 2042, 2108  del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984).


* Artículo 3 de la Ley 26639
* Artículo 3 de la Ley 26639.


* Artículos 3, 13, 42, 43 y 44 de la Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos aprobado por Ley N° 26662.
* Artículos 3, 13, 42, 43 y 44 de la Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos aprobado por Ley N° 26662.
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==Resoluciones del Tribunal Registral==
==Resoluciones del Tribunal Registral==


'''CADUCIDAD DE ANOTACIÓN PREVENTIVA DE SUCESIÓN INTESTADA'''
====Sumilla de la Resolución N.° 008-2012-SUNARP-TR-A de 06/01/2012 sobre caducidad de anotación de solicitud de sucesión intestada.====
 
“Procede cancelar por caducidad la anotación preventiva de la solicitud de sucesión intestada notarial, por aplicación analógica del Art. 3 de la Ley N° 26639”
''Procede cancelar por caducidad la anotación preventiva de la solicitud de sucesión intestada notarial, por aplicación analógica del art. 3 de la Ley N° 26639.''
Resolución Nº 008-2012-SUNARP-TR-A del 06 de enero de 2012


==Tasa registral==
==Tasa registral==


* Derecho de presentación: S/ 10.00
* Derecho de calificación: S/ 10.00


* Derecho de inscripción: S/ 10.00
* Derecho de inscripción: S/ 10.00
* Total: S/ 20.00 soles


==Plazo de calificación==
==Plazo de calificación==


07 días hábiles (sujeto a complejidad del título).
7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados).


   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título."'''''
   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".'''''
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