Diferencia entre revisiones de «Cancelación de dividendos pasivos de sociedad»

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La [[Cancelación]] de [[Dividendos pasivos]] de sociedad puede inscribirse en el Registro de Persona Jurídica.
La [[Cancelación]] de [[Dividendos pasivos]] de sociedad puede inscribirse en el Registro de Persona Jurídica.
Una persona jurídica dota de legalidad y publicidad registral al pago efectivo del capital suscrito.


== Requisitos para la inscripción ==
==Requisitos para la inscripción==


'''¿Qué documentos se requieren?'''
'''¿Qué documentos se requieren?'''
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'''f)''' Tratándose del aporte de una empresa, de un establecimiento comercial o industrial o de servicios, de un fondo empresarial o de un bloque patrimonial, se adjuntará la declaración del gerente general, del administrador o de la persona autorizada de haberlos recibido. El bien materia del aporte deberá ser identificado con precisión que permita su individualización; además, si incluye bienes o derechos registrados, deben indicarse los datos referidos a su inscripción registral. Adicionalmente, se indicará el valor neto del conjunto o unidad económica objeto de la aportación. Son aplicables, según corresponda, las disposiciones de los incisos que preceden.
'''f)''' Tratándose del aporte de una empresa, de un establecimiento comercial o industrial o de servicios, de un fondo empresarial o de un bloque patrimonial, se adjuntará la declaración del gerente general, del administrador o de la persona autorizada de haberlos recibido. El bien materia del aporte deberá ser identificado con precisión que permita su individualización; además, si incluye bienes o derechos registrados, deben indicarse los datos referidos a su inscripción registral. Adicionalmente, se indicará el valor neto del conjunto o unidad económica objeto de la aportación. Son aplicables, según corresponda, las disposiciones de los incisos que preceden.


'''Base legal'''
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.


Arts. 78 y 79 de la Ley General de Sociedades.
2.- Parte Notarial de la Escritura Púbica que contenga el acuerdo de la Sociedad de cancelación de dividendos.  


== Precedentes de observancia obligatoria ==
3.- Original o copia certificada notarialmente del Aviso de convocatoria; o, constancia de convocatoria ,salvo que el acuerdo haya sido adoptado en Junta Universal.
 
4.- Documentación que acredita el aporte de capital, de acuerdo a la naturaleza del bien.
 
Notas:
 
1.- El presente procedimiento administrativo consta de actos registrales, los cuales son independientes, por lo cual, los derechos de trámite son individuales, siendo el pago por cada uno.
 
==Base legal==
 
* Arts. 78 y 79 de la Ley General de Sociedades.
* Art. 22,25,26,43,46,78,120,1 34,240,255,268,294 y 435 Ley General de Sociedades Ley 26887 09/12/1997
* 1, 2, 3 y 10 Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional. Art. 10 modificado por Decreto Legislativo 1451 Ley 26366 16/10/1994
* Art. 35,38,55,61,65 y76 Reglamento del Registro de Sociedades Resolución de Superintendencia 200-2001/SN 24/07/2001
 
==Precedentes de observancia obligatoria==


No se han aprobado precedentes sobre este acto.
No se han aprobado precedentes sobre este acto.
Línea 39: Línea 55:
Jurisprudencia Registral
Jurisprudencia Registral


== Resoluciones del Tribunal Registral ==
==Resoluciones del Tribunal Registral==


'''Resolución: 1618-2010-SUNARP-TR-L de 11/11/2010'''
'''Resolución: 1618-2010-SUNARP-TR-L de 11/11/2010'''
Línea 53: Línea 69:
“En los casos de aumento de capital y adecuación a la Ley General de Sociedades de empresas cuyo capital social se encuentre expresado en moneda que ya no es de curso legal, no será exigible que previamente se hayan pagado los dividendos pasivos”.
“En los casos de aumento de capital y adecuación a la Ley General de Sociedades de empresas cuyo capital social se encuentre expresado en moneda que ya no es de curso legal, no será exigible que previamente se hayan pagado los dividendos pasivos”.


== Tasa registral ==
==Pago por derecho de tramitación==
Monto - S/ 102.40
 
==Tasa registral==


*Por derecho de calificación: S/ 10.00
*Por derecho de calificación: S/ 10.00
2010

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