Diferencia entre revisiones de «Cancelación de dividendos pasivos de sociedad»

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La [[Cancelación]] de [[Dividendos pasivos]] de sociedad puede inscribirse en el Registro de Persona Jurídica.
La [[Cancelación]] de [[Dividendos pasivos]] de sociedad puede inscribirse en el Registro de Persona Jurídica.
Una persona jurídica dota de legalidad y publicidad registral al pago efectivo del capital suscrito.


== Requisitos para la inscripción ==
== Requisitos para la inscripción ==
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'''f)''' Tratándose del aporte de una empresa, de un establecimiento comercial o industrial o de servicios, de un fondo empresarial o de un bloque patrimonial, se adjuntará la declaración del gerente general, del administrador o de la persona autorizada de haberlos recibido. El bien materia del aporte deberá ser identificado con precisión que permita su individualización; además, si incluye bienes o derechos registrados, deben indicarse los datos referidos a su inscripción registral. Adicionalmente, se indicará el valor neto del conjunto o unidad económica objeto de la aportación. Son aplicables, según corresponda, las disposiciones de los incisos que preceden.
'''f)''' Tratándose del aporte de una empresa, de un establecimiento comercial o industrial o de servicios, de un fondo empresarial o de un bloque patrimonial, se adjuntará la declaración del gerente general, del administrador o de la persona autorizada de haberlos recibido. El bien materia del aporte deberá ser identificado con precisión que permita su individualización; además, si incluye bienes o derechos registrados, deben indicarse los datos referidos a su inscripción registral. Adicionalmente, se indicará el valor neto del conjunto o unidad económica objeto de la aportación. Son aplicables, según corresponda, las disposiciones de los incisos que preceden.


'''Base legal'''
==Base legal==


Arts. 78 y 79 de la Ley General de Sociedades.
Arts. 78 y 79 de la Ley General de Sociedades.
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“En los casos de aumento de capital y adecuación a la Ley General de Sociedades de empresas cuyo capital social se encuentre expresado en moneda que ya no es de curso legal, no será exigible que previamente se hayan pagado los dividendos pasivos”.
“En los casos de aumento de capital y adecuación a la Ley General de Sociedades de empresas cuyo capital social se encuentre expresado en moneda que ya no es de curso legal, no será exigible que previamente se hayan pagado los dividendos pasivos”.
==Pago por derecho de tramitación==
Monto - S/ 102.40


== Tasa registral ==
== Tasa registral ==
2010

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