Diferencia entre revisiones de «Cancelación por caducidad de medidas cautelares (código de procedimiento civiles de 1912)»

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No es aplicable la ley de caducidad al levantamiento de carga que publicita las causales de caducidad y rescisión de las adjudicaciones establecidas por norma legal. Criterio sustentado en la Resolución Nº 2265-2018-SUNARP-TR-L del 25.09.2018. Primer precedente aprobado en el CXCVI PLENO. Sesión extraordinaria modalidad no, presencial realizada el día 21 de setiembre de 2018. Publicado en el diario oficial El Peruano el 13.10.2018
No es aplicable la ley de caducidad al levantamiento de carga que publicita las causales de caducidad y rescisión de las adjudicaciones establecidas por norma legal. Criterio sustentado en la Resolución Nº 2265-2018-SUNARP-TR-L del 25.09.2018. Primer precedente aprobado en el CXCVI PLENO. Sesión extraordinaria modalidad no, presencial realizada el día 21 de setiembre de 2018. Publicado en el diario oficial El Peruano el 13.10.2018


== Jurisprudencia Registral==


=== Acuerdo del Tribunal Registral ===
== Acuerdos del Tribunal Registral ==


'''NATURALEZA DEL PLAZO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 3 DE LA LEY Nº 26639'''
'''NATURALEZA DEL PLAZO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 3 DE LA LEY Nº 26639'''
Línea 190: Línea 189:
Primer acuerdo del CV PLENO. Sesión ordinaria modalidad presencial realizada los
Primer acuerdo del CV PLENO. Sesión ordinaria modalidad presencial realizada los
días 04 y 05 de abril de 2013.
días 04 y 05 de abril de 2013.
== Jurisprudencia Registral==


== Resoluciones del Tribunal Registral ==
== Resoluciones del Tribunal Registral ==
2010

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