Diferencia entre revisiones de «Certificado Positivo / Negativo»

De wikiregistral
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor
Etiqueta: visualeditor
Línea 8: Línea 8:
==Base Legal==
==Base Legal==


* Artículo II del Título Preliminar , 130 y 132 incisos a y b TUO del Reglamento General de los Registros Públicos Resolución de Superintendencia 126-2012- SUNARP/SN.
*Artículo II del Título Preliminar , 130 y 132 incisos a y b TUO del Reglamento General de los Registros Públicos Resolución de Superintendencia 126-2012- SUNARP/SN.
* Artículo 17 inciso c y d) Reglamento del Servicio de Publicidad Registral Resolución de Superintendencia 281-2015- SUNARP/SN 03/11/2015.
*Artículo 17 inciso c y d) Reglamento del Servicio de Publicidad Registral Resolución de Superintendencia 281-2015- SUNARP/SN 03/11/2015.
* Artículo 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994.
*Artículo 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994.


==Pago por derecho de tramitación==
==Pago por derecho de tramitación==
<nowiki>'''Presencial'''</nowiki>
Presencial


Monto - S/ 34.10  
Monto - S/ 34.10  

Revisión del 22:15 19 may 2021

Documento que acredita la existencia y/o inexistencia de una inscripción respecto a determinado registro jurídico.

Requisitos

1.- Formato de solicitud de publicidad debidamente llenado y suscrito o solicitud presentada a través del SPRL y/o solicitud verbal.

2.- Pago de derechos registrales.

Base Legal

  • Artículo II del Título Preliminar , 130 y 132 incisos a y b TUO del Reglamento General de los Registros Públicos Resolución de Superintendencia 126-2012- SUNARP/SN.
  • Artículo 17 inciso c y d) Reglamento del Servicio de Publicidad Registral Resolución de Superintendencia 281-2015- SUNARP/SN 03/11/2015.
  • Artículo 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994.

Pago por derecho de tramitación

Presencial

Monto - S/ 34.10

Virtual - SPRL

Monto - S/ 32.60

Plazo

3 días hábiles