Diferencia entre revisiones de «Certificado de búsqueda catastral»

sin resumen de edición
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor-wikitext
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor-wikitext
Línea 1: Línea 1:
Es el instrumento público suscrito por un registrador, abogado certificador o certificador debidamente autorizado, según corresponda, que acredita si el polígono descrito en el plano presentado se encuentra inmatriculado o si parcial o totalmente forma parte de un predio ya inscrito que conste incorporado a la [[Base gráfica registral (BGR)|Base Gráfica Registral]].  
Es el instrumento público suscrito por un registrador, abogado certificador o certificador debidamente autorizado, según corresponda, que acredita si el polígono descrito en el plano presentado se encuentra inmatriculado o si parcial o totalmente forma parte de un predio ya inscrito que conste incorporado a la [[Base gráfica registral (BGR)|Base Gráfica Registral]].  
 
Documento acredita si el polígono descrito en el plano presentado se encuentra inmatriculado o si parcial o totalmente forma parte de un predio ya inscrito que conste incorporado a la Base Gráfica Registral.
El certificado de búsqueda catastral tiene la calidad de Certificado compendioso y se realiza ante la Ventanilla de Caja, Ventanilla de Publicidad u Oficina de Trámite Documentario de la respectiva Oficina Registral.
El certificado de búsqueda catastral tiene la calidad de Certificado compendioso y se realiza ante la Ventanilla de Caja, Ventanilla de Publicidad u Oficina de Trámite Documentario de la respectiva Oficina Registral.


==Requisitos==
==Requisitos==


*Formato de solicitud de publicidad debidamente llenado y suscrito o a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea.
1.- Formato de solicitud de publicidad debidamente llenado y suscrito o a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea. 2.- Plano de ubicación el mismo que debe contener el esquema de localización. 3.- Plano perimétrico el mismo que debe de contener su cuadro de datos técnicos. 4.- Memoria descriptiva.
 
*Plano de ubicación el mismo que debe contener el esquema de localización.
*Plano perimétrico el mismo que debe de contener su cuadro de datos técnicos.
*Memoria descriptiva.
 
*Pago de derechos registrales.
 
*Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.


==Plazo para resolver==
==Plazo para resolver==


El plazo para resolver es de quince (15) días hábiles.
El plazo para resolver es de quince (15) días hábiles.
==Pago por derecho de tramitación==
Presencial Monto - S/ 101.90 Virtual - SPRL Monto - S/ 100.40


==Tasa==
==Tasa==


La tasa es del 1.61% de la U.I.T por busqueda.
La tasa es del 1.61% de la U.I.T por búsqueda.


==Base Legal==
==Base Legal==
Línea 30: Línea 25:


*Decreto Supremo N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral.
*Decreto Supremo N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral.
Artículo II del Título Preliminar, 130 y 132 inciso d) TUO del Reglamento General de los Registros Públicos Resolución de Superintendencia 126-2012- SUNARP/SN 85 Reglamento del Servicio de Publicidad Registral Resolución de Superintendencia 281-2015- SUNARP/SN 03/11/2015 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional Ley 26366 14/10/1994
2010

ediciones