Diferencia entre revisiones de «Inmatriculación de predios rurales»

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== Requisitos para la inscripción ==
== Requisitos para la inscripción ==
===Requisitos para la inmatriculación de predios rurales===
===Requisitos para la inmatriculación de predios rurales===


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d) Pago de derechos registrales.
d) Pago de derechos registrales.


===Requisitos para la inmatriculación de predios rurales no afectados por la reforma agraria===
===Requisitos para la inmatriculación de predios rurales no afectados por la reforma agraria===
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d) Pago de derechos registrales.
d) Pago de derechos registrales.


===Requisitos para la inmatriculación de predios rurales afectados por reforma agraria adjudicadas a título gratuito a favor de particularidades===
===Requisitos para la inmatriculación de predios rurales afectados por reforma agraria adjudicadas a título gratuito a favor de particularidades===
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d) Pago de derechos registrales.
d) Pago de derechos registrales.
== Requisitos para la inmatriculación o inscripción del derecho de propiedad de predios rurales de dominio privado del Estado==
a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
b)Título que otorgue la propiedad al Estado. Tratándose de predios eriazos, copia de la resolución o disposición que lo califique como eriazo para fines agrícolas. En el caso de predios abandonados o revertidos al dominio del Estado, se presentará copia de la resolución suprema o disposición que haya declarado el abandono y la incorporación del predio al dominio del Estado; o la reversión.
c)Copia del Certificado de Información Catastral o, el Certificado negativo de zona catastrada emitido por la entidad competente  en el cual se deje constancia que dicho documento en ningún caso constituye una visación o evaluación físico-legal del predio, ni de los derechos que pudieran existir sobre el mismo (D.S. 013-2016-MINAGRI), el plano perimétrico y memoria descriptiva donde se indique el área, linderos y medidas perimétricas elaborados y firmados por profesional inscrito en el Indice de Verificadores.
d)Pago de derechos registrales.
== Requisitos de la inmatriculación de predios rurales transferidos a título gratuito al Estado ==
a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
b)Título en el que conste la transferencia de propiedad a favor del Estado.
c)Copia del Certificado de Información Catastral o, el Certificado negativo de zona catastrada competente en el cual se deje constancia que dicho documento en ningún caso constituye una visación o evaluación físico-legal del predio, ni de los derechos que pudieran existir sobre el mismo D.S. 013-2016-MINAGRI, el plano perimétrico y memoria descriptiva donde se indique el área, linderos y medidas perimétricas elaborados y firmados por profesional inscrito en el Indice de Verificadores.
d)Pago de derechos registrales.
== Requisitos para la inmatriculación de predios rurales afectados por Reforma Agraria adjudicados a título oneroso a particulares con resoluciones de cancelación o condonación de deuda ==
a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
b)Título de propiedad o resolución de adjudicación otorgado por la ex-Dirección de Reforma Agraria y Asentamiento Rural, acompañado de la certificación expedida por el organismo competente que acredite que dicha resolución se encuentra consentida.
c)Resolución que acredite la cancelación o condonación de la deuda Agraria.
d)Copia del Certificado de Información Catastral o, el Certificado negativo de zona catastrada competente en el cual se deje constancia que dicho documento en ningún caso constituye una visación o evaluación físico-legal del predio, ni de los derechos que pudieran existir sobre el mismo D.S. 013-2016-MINAGRI, el plano perimétrico y memoria descriptiva donde se indique el área, linderos y medidas perimétricas elaborados y firmados por profesional inscrito en el Indice de Verificadores.
e)Pago de derechos registrales.
== Requisitos para la inmatriculación de predios rurales afectados por Reforma Agraria adjudicados a título oneroso a particulares, sin resolución de cancelación o condonación de deuda ==
a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
b)Título de propiedad o resolución de adjudicación otorgado por la ex-Dirección de Reforma Agraria y Asentamiento Rural, acompañado de la certificación expedida por el organismo competente que acredite que dicha resolución se encuentra consentida.
c)Cargo de recepción de la solicitud de condonación de deuda agraria presentada a la mesa de partes de la Unidad Agraria Departamental u organismo competente, o documento que acredite el pago.
d)Pruebas que acrediten la explotación económica y la posesión, directa, continua, pacífica y pública del predio rural de acuerdo a los artículos 40 y 41 del  Reglamento del D.Leg. N° 1089, modificado por Art. 1 del D.S. 013-2016-MINAGRI.
e)Copia del Certificado de Información Catastral o, el Certificado negativo de zona catastrada en el cual se deje constancia que dicho documento en ningún caso constituye una visación o evaluación físico-legal del predio, ni de los derechos que pudieran existir sobre el mismo D.S. 013-2016-MINAGRI, el plano perimétrico y memoria descriptiva donde se indique el área, linderos y medidas perimétricas elaborados y firmados por profesional inscrito en el Indice de Verificadores.
f)Pago de derechos registrales.
== Requisitos para la inmatriculación de predios rurales adquiridos por terceros de un beneficiario de Reforma Agraria ==
a)Formulario de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
b)Escritura pública o formulario registral legalizado por notario.
c)Títulos que acrediten la propiedad por un período ininterrumpido de 5 años anteriores a la presentación de la solicitud de inscripción, los que podrán constar en instrumento público o privado; o, copia de la resolución de adjudicación del título de propiedad expedida por la entidad competente acompañada de los títulos que acrediten la propiedad por un periodo ininterrumpido de 5 años hasta el momento de la presentación de la solicitud de inscripción.
d)Copia del Certificado de Información Catastral o, el Certificado negativo de zona catastrada en el cual se deje constancia que dicho documento en ningún caso constituye una visación o evaluación físico-legal del predio, ni de los derechos que pudieran existir sobre el mismo D.S. 013-2016-MINAGRI, el plano perimétrico y memoria descriptiva donde se indique el área, linderos y medidas perimétricas elaborados y firmados por profesional inscrito en el Indice de Verificadores.
e)Pago de derechos registrales.


== Base legal==
== Base legal==
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* Artículo 24 del Reglamento de Inscripciones de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN.
* Artículo 24 del Reglamento de Inscripciones de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN.
== Base legal del acto de inmatriculación o inscripción de propiedad de predios rurales de dominio privado ==
* Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012).
* Artículos 16, 20 y 22 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN (03/05/2013).
* Artículos 86 y 87 del Reglamento del D.Leg. N° 1089 aprobado por D.S. N° 032-2008-VIVIENDA (14/12/2008).
* D.Leg. N° 1089 (28/06/2008) que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Rurales modificado por D.S. 013-2016-MINAGRI.
* Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984).
* D.S. N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral.
== Base legal del acto de inmatriculación de predios rurales transferidos a título gratuito al Estado ==
* Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012).
* Artículos 16, 20 y 23 del Reglamento de Inscripciones del Registro  de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN  (03/05/2013).
* Artículos 86 y 87 del Reglamento del D.Leg. N° 1089 aprobado por D.S. N° 032-2008-VIVIENDA (14/12/2008).
* D.Leg. N° 1089 (28/06/2008) que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Rurales modificado por D.S. 013-2016-MINAGRI.
* Artículos 2011 y 2018 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984).
* D.S. N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral.
== Base legal del acto de inmatriculación de predios rurales afectados por Reforma Agraria adjudicados a título oneroso a particulares con resolución de cancelación o condonación de deuda ==
* Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012).
* Artículos 16, 20 y 25 del Reglamento de Inscripciones del Registro  de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN (03/05/2013).
* Artículos 86 y 87 del Reglamento del D.Leg. N° 1089 aprobado por D.S. N° 032-2008-VIVIENDA (14/12/2008).
* D.Leg. N° 1089 (28/06/2008) que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Rurales modificado por D.S. 013-2016-MINAGRI.
* Artículo 2011 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984).
* D.S. N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral.
== Base legal del acto de inmatriculación de predios rurales afectados por Reforma Agraria adjudicados a título oneroso a particulares, sin resolución de cancelación o condonación de deuda ==
* Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012).
* Artículos 16, 20 y 26 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN (03/05/2013).
* Artículos 86 y 87 del Reglamento del D.Leg. N° 1089 aprobado por D.S. N° 032-2008-VIVIENDA (14/12/2008); D.Leg. N° 1089 (28/06/2008) que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Rurales modificado por D.S. 013-2016-MINAGRI.
* Artículos 2011 y 2018 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984).
* D.S. N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales de los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral.
== Base legal del acto de inmatriculación de predios rurales adquiridos por terceros de un beneficiario de Reforma Agraria ==
* Artículos 15, 17 y 169 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 126-2012-SUNARP/SN (18/05/2012).
* Artículos 16, 20 y 27 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN  (03/05/2013).
* Artículos 86 y 87 del Reglamento del D.Leg. N° 1089 aprobado por D.S. N° 032-2008-VIVIENDA (14/12/2008).
* D.Leg. N° 1089 (28/06/2008) que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Rurales modificado por D.S. 013-2016-MINAGRI.
* Artículos 2011 y 2018 del Código Civil aprobado por D.Leg. N° 295 (25/07/1984).
* D.S. N° 017-2003-JUS (18/09/2003) que aprueba las tasas registrales  Rde los servicios de inscripción y de publicidad por oficina registral.


== ¿ Qué se deberá tener en cuenta para la inscripción? ==
== ¿ Qué se deberá tener en cuenta para la inscripción? ==
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