Diferencia entre revisiones de «Inmatriculación de vehículos de ensamblaje nacional adquiridos mediante resolución administrativa»
Inmatriculación de vehículos de ensamblaje nacional adquiridos mediante resolución administrativa (ver código)
Revisión del 04:57 2 jun 2021
, 2 jun 2021sin resumen de edición
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DESCRIPCION | DESCRIPCION | ||
Una o mas personas naturales o jurídicas dotan de legalidad y publicidad registral a la primera inscripción de un bien mueble. En este caso en | Una o mas personas naturales o jurídicas dotan de legalidad y publicidad registral a la primera inscripción de un bien mueble. En este caso en | ||
particular vehículos de ensamblaje nacional adquiridos mediante resolución administrativa. | particular vehículos de ensamblaje nacional adquiridos mediante resolución administrativa. | ||
REQUISITOS | REQUISITOS | ||
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | ||
2.- Formato de Inmatriculación Electrónico impreso y suscrito por el propietario o su representante, con firma certificada notarialmente. | 2.- Formato de Inmatriculación Electrónico impreso y suscrito por el propietario o su representante, con firma certificada notarialmente. | ||
Cuando el vehículo esté destinado a la prestación del servicio de transporte de personas, debe acompañarse la declaración jurada según formato | Cuando el vehículo esté destinado a la prestación del servicio de transporte de personas, debe acompañarse la declaración jurada según formato | ||
previsto en la Resolución Directoral N° 4560-2011-MTC/15. | previsto en la Resolución Directoral N° 4560-2011-MTC/15. | ||
3.- Cuando se trate de vehículo en situación de abandono legal y comiso administrativo, que ha sido adquirido por remate de la | 3.- Cuando se trate de vehículo en situación de abandono legal y comiso administrativo, que ha sido adquirido por remate de la | ||
SuperintendenciaNacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), adicionalmentese deberá presentar: | SuperintendenciaNacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), adicionalmentese deberá presentar: | ||
c.1)) Oficio dirigido al Registro de Propiedad Vehicular. | c.1)) Oficio dirigido al Registro de Propiedad Vehicular. | ||
c.2) Resolución de adjudicación, constancia de remate o las que hagan sus | c.2) Resolución de adjudicación, constancia de remate o las que hagan sus | ||
veces conforme a la legislación aduanera. | veces conforme a la legislación aduanera. | ||
c.3) Póliza de adjudicación. | c.3) Póliza de adjudicación. | ||
4.- Cuando se trate de la adquisición de vehículo mediante remate de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración | 4.- Cuando se trate de la adquisición de vehículo mediante remate de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración | ||
Tributaria(SUNAT) “on line”, adicionalmente deberá adjuntar: | Tributaria(SUNAT) “on line”, adicionalmente deberá adjuntar: | ||
d.1) La impresión que contenga la información del remate que permita su verificación en el Portal Institucional de la SUNAT (www.sunat.gob.pe). | d.1) La impresión que contenga la información del remate que permita su verificación en el Portal Institucional de la SUNAT (www.sunat.gob.pe). | ||
d.2) La póliza de adjudicación. | d.2) La póliza de adjudicación. | ||
5.- Cuando se solicite la inmatriculación procedente de saneamiento de vehículo perteneciente al Estado, adicionalmente se deberá presentar: e.1) | |||
La resolución administrativa que dispone el saneamiento en copia certificada por funcionario de la entidad que conserva dicha documentación. e.2.) | 5.- Cuando se solicite la inmatriculación procedente de saneamiento de vehículo perteneciente al Estado, adicionalmente se deberá presentar: | ||
e.1) | |||
La resolución administrativa que dispone el saneamiento en copia certificada por funcionario de la entidad que conserva dicha documentación. | |||
e.2.) | |||
El acta de saneamiento. | El acta de saneamiento. | ||
6.- Cuando se solicite la inmatriculación de vehículo en situación de abandono en el depósito rematado por entidad estatal de acuerdo con el Dec. | 6.- Cuando se solicite la inmatriculación de vehículo en situación de abandono en el depósito rematado por entidad estatal de acuerdo con el Dec. | ||
Leg.1214 adicionalmente deberá presentar: | Leg.1214 adicionalmente deberá presentar: | ||
f.1) El Oficio dirigido al Registro de Propiedad Vehicular. | f.1) El Oficio dirigido al Registro de Propiedad Vehicular. | ||
f.2) Copia certificada de la resolución ministerial que designa a la Comisión encargada del remate. | f.2) Copia certificada de la resolución ministerial que designa a la Comisión encargada del remate. | ||
f.3) Copia certificada de la resolución directoral que convoca a remate. | f.3) Copia certificada de la resolución directoral que convoca a remate. | ||
f.4) El acta de remate, consignando los códigos de identificación vehicular. | f.4) El acta de remate, consignando los códigos de identificación vehicular. | ||
f.5) La póliza de adjudicación. | f.5) La póliza de adjudicación. | ||
7.- Cuando se trate de vehículo dado de baja por entidades estatales conforme | 7.- Cuando se trate de vehículo dado de baja por entidades estatales conforme | ||
a la Directiva N° 001-2015-SBN, aprobada por Resolución N° 046-2015-SBN, adicionalmente se deberá presentar: | a la Directiva N° 001-2015-SBN, aprobada por Resolución N° 046-2015-SBN, adicionalmente se deberá presentar: | ||
g.1.) El Oficio dirigido al Registro de Propiedad Vehicular. | g.1.) El Oficio dirigido al Registro de Propiedad Vehicular. | ||
g.2) Copia certificada de la resolución administrativa que aprueba la baja delvehículo del margesí de bienes de la entidad estatal, identificándolo | g.2) Copia certificada de la resolución administrativa que aprueba la baja delvehículo del margesí de bienes de la entidad estatal, identificándolo | ||
con sus códigos de identificación vehicular. | con sus códigos de identificación vehicular. | ||
g.3) Copia certificada de la resolución administrativa que autoriza la venta por subasta pública o la venta directa. | g.3) Copia certificada de la resolución administrativa que autoriza la venta por subasta pública o la venta directa. | ||
g.4) El acta de subasta pública o acta de adjudicación, en caso de venta | g.4) El acta de subasta pública o acta de adjudicación, en caso de venta | ||
directa, conteniendo sus códigos de identificación vehicular. | directa, conteniendo sus códigos de identificación vehicular. | ||
g.5) La póliza de adjudicación o el comprobante de pago , con sus códigos | g.5) La póliza de adjudicación o el comprobante de pago , con sus códigos | ||
de identificación vehicular. | de identificación vehicular. | ||
8.- Certificado de Inspección Técnica Vehicular de Incorporación. | 8.- Certificado de Inspección Técnica Vehicular de Incorporación. | ||
9.- Si es especial o el uso del mismo está relacionado con una actividad especial deberá presentar la Autorización de Incorporación de Vehículos | 9.- Si es especial o el uso del mismo está relacionado con una actividad especial deberá presentar la Autorización de Incorporación de Vehículos | ||
Especiales emitida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. | Especiales emitida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. | ||
10.- El Certificado de Ensamblaje emitido por el ensamblador nacional que representa a la marca en el Perú. Debe contener las firmas certificadas | 10.- El Certificado de Ensamblaje emitido por el ensamblador nacional que representa a la marca en el Perú. Debe contener las firmas certificadas | ||
notarialmente del ingeniero mecánico colegiado o mecánico electricista colegiado, responsable del ensamblaje del vehículo terminado, y del | notarialmente del ingeniero mecánico colegiado o mecánico electricista colegiado, responsable del ensamblaje del vehículo terminado, y del | ||
representante legal de la empresa que ensambló el vehículo. | representante legal de la empresa que ensambló el vehículo. | ||
11.- En caso de ensamblaje de vehículos a partir de partes y piezas ,tambien se deberá adjuntar :El Certificado de Conformidad emitido por la | 11.- En caso de ensamblaje de vehículos a partir de partes y piezas ,tambien se deberá adjuntar :El Certificado de Conformidad emitido por la | ||
Entidad Certificadora autorizada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. | Entidad Certificadora autorizada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. | ||
12.- La copia certificada notarialmente o la copia autenticada por fedatario de la Oficina Registral del certificado de habilidad del ingeniero expedida | 12.- La copia certificada notarialmente o la copia autenticada por fedatario de la Oficina Registral del certificado de habilidad del ingeniero expedida | ||
por el Colegio Profesional respectivo, vigente a la fecha cierta del Certificado de Ensamblaje, salvo que su verificación pueda ser obtenida a través | por el Colegio Profesional respectivo, vigente a la fecha cierta del Certificado de Ensamblaje, salvo que su verificación pueda ser obtenida a través | ||
del respectivo portal institucional. | del respectivo portal institucional. | ||
13.- En caso de ensamblaje nacional a partir de un paquete Complete Knock Down (CKD) o Semi Knock Down (SKD) se debe presentar | 13.- En caso de ensamblaje nacional a partir de un paquete Complete Knock Down (CKD) o Semi Knock Down (SKD) se debe presentar | ||
adicionalmente: | adicionalmente: | ||
m.1) Copia certificada notarialmente del documento que acredite la asignación del fabricante del CKD o SKD de la Identificación Mundial del | m.1) Copia certificada notarialmente del documento que acredite la asignación del fabricante del CKD o SKD de la Identificación Mundial del | ||
Fabricante (WMI - World Manufacturer Identifier), otorgado por el organismo nacional del país donde corresponde el VIN de acuerdo a lo | Fabricante (WMI - World Manufacturer Identifier), otorgado por el organismo nacional del país donde corresponde el VIN de acuerdo a lo | ||
Línea 56: | Línea 89: | ||
registrables y la marca comercial o modelo del vehículo consignados en la copia certificada de la asignación de la identificación mundial del | registrables y la marca comercial o modelo del vehículo consignados en la copia certificada de la asignación de la identificación mundial del | ||
fabricante (World Manufacturer Identifier - WMI), deberá adjuntarse la autorización del fabricante. | fabricante (World Manufacturer Identifier - WMI), deberá adjuntarse la autorización del fabricante. | ||
m.2) La autorización de ensamblaje emitida por el fabricante de los componentes a favor del representante del Perú. La acreditación de la | m.2) La autorización de ensamblaje emitida por el fabricante de los componentes a favor del representante del Perú. La acreditación de la | ||
autorización al representante en el Perú será mediante la Certificación del Fabricante conforme al formato que aparece en el Anexo I del | autorización al representante en el Perú será mediante la Certificación del Fabricante conforme al formato que aparece en el Anexo I del | ||
Línea 64: | Línea 98: | ||
BASE LEGAL | BASE LEGAL | ||
* VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020 | *VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020 | ||
* 165 del TUO de la Ley del Procedimiento administrativo General aprobado por Decreto Supremo 004-2019-JUS 25/01/2019 | *165 del TUO de la Ley del Procedimiento administrativo General aprobado por Decreto Supremo 004-2019-JUS 25/01/2019 | ||
* 15 T.U.O. DEL REGLAMENTO GENERAL DE REGISTROS PÚBLICOS aprobado por Resolución de Superintendencia 126-2012- SUNARP/SN | *15 T.U.O. DEL REGLAMENTO GENERAL DE REGISTROS PÚBLICOS aprobado por Resolución de Superintendencia 126-2012- SUNARP/SN | ||
* Anexos I, II, III. de disposiciones para la aplicación del sistema de codificación de la Placa Única Nacional de Rodaje entre Otros Resolución Directoral 4560-2011-MTC/15 11/12/2011. | *Anexos I, II, III. de disposiciones para la aplicación del sistema de codificación de la Placa Única Nacional de Rodaje entre Otros Resolución Directoral 4560-2011-MTC/15 11/12/2011. | ||
* 238 Reglamento de la Ley General de Aduanas Decreto Supremo 019-010-2009-EF | *238 Reglamento de la Ley General de Aduanas Decreto Supremo 019-010-2009-EF | ||
* 8, numeral 9.1 y 9.2 Medidas de prevención para combatir los delitos patrimoniales relacionados con vehículos automotores y autopartes. | *8, numeral 9.1 y 9.2 Medidas de prevención para combatir los delitos patrimoniales relacionados con vehículos automotores y autopartes. | ||
* Decreto Legislativo 1214 Numeral .6 de Procedimientos de Gestión de los Bienes Muebles Estatales Resolución del Titular Resolución N° 046-2015-SBN | *Decreto Legislativo 1214 Numeral .6 de Procedimientos de Gestión de los Bienes Muebles Estatales Resolución del Titular Resolución N° 046-2015-SBN | ||
* 80, 81, 91, 92 y 100 Reglamento Nacional de Vehículos Decreto Supremo 058-2003-MTC | *80, 81, 91, 92 y 100 Reglamento Nacional de Vehículos Decreto Supremo 058-2003-MTC | ||
* 5 numeral 1 inc. f Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa Decreto Legislativo 1246 10/11/2016 | *5 numeral 1 inc. f Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa Decreto Legislativo 1246 10/11/2016 | ||
* 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) de la Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional aprobado por Ley 26366 14/10/1994. | *10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1451) de la Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional aprobado por Ley 26366 14/10/1994. | ||
PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA | PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA | ||
Línea 79: | Línea 113: | ||
JURISPRUDENCIA REGISTRAL | JURISPRUDENCIA REGISTRAL | ||
== Tasa registral == | ==Tasa registral== | ||
Inscripción de reglamento interno | Inscripción de reglamento interno | ||
Línea 93: | Línea 127: | ||
· 1.5/1000 aplicable a actos valorizados en más de S/ 35,000.00 SOLES | · 1.5/1000 aplicable a actos valorizados en más de S/ 35,000.00 SOLES | ||
== Plazo de calificación == | ==Plazo de calificación== | ||
== 7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados) == | ==7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados)== |