Diferencia entre revisiones de «Inmatriculación de vehículos de fabricación nacional adquiridos por promoción comercial o similar»
Inmatriculación de vehículos de fabricación nacional adquiridos por promoción comercial o similar (ver código)
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REQUISITOS | REQUISITOS | ||
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. | ||
2.- Formato de Inmatriculación Electrónico impreso y suscrito por el propietario o su representante, con firma certificada notarialmente. | 2.- Formato de Inmatriculación Electrónico impreso y suscrito por el propietario o su representante, con firma certificada notarialmente. | ||
3.- Comprobante de pago o parte notarial del acta de transferencia segun corresponda, salvo cuando la empresa distribuidora o comercializadora | 3.- Comprobante de pago o parte notarial del acta de transferencia segun corresponda, salvo cuando la empresa distribuidora o comercializadora | ||
de vehículos sea concesionaria acreditada del fabricante empadronado. | de vehículos sea concesionaria acreditada del fabricante empadronado. | ||
En caso de comprobante de pago, debe acompañar declaración jurada con firma legalizadas de las partes contratantes precisando el medio de | En caso de comprobante de pago, debe acompañar declaración jurada con firma legalizadas de las partes contratantes precisando el medio de | ||
pago utilizado y copia simple de este. | pago utilizado y copia simple de este. | ||
4.- Cuando se trate de adquisición del vehículo por promoción | 4.- Cuando se trate de adquisición del vehículo por promoción | ||
comercial u otras modalidades similares señaladas en el Decreto Supremo N° 010-2016-IN se deberá adjuntar: a) acta notarial de realización del | comercial u otras modalidades similares señaladas en el Decreto Supremo N° 010-2016-IN se deberá adjuntar: | ||
acto; b) acta notarial de entrega; y, en caso de rifas con fines sociales, copia certificada de la Resolución Directoral del MININTER que autoriza el | |||
a) acta notarial de realización del | |||
acto; | |||
b) acta notarial de entrega; y, en caso de rifas con fines sociales, copia certificada de la Resolución Directoral del MININTER que autoriza el | |||
acto. | acto. | ||
5.- Cuando se trate de la adquisición del vehículo mediante juegos de azar como la lotería, el bingo, y otros, se presentará el instrumento público | 5.- Cuando se trate de la adquisición del vehículo mediante juegos de azar como la lotería, el bingo, y otros, se presentará el instrumento público | ||
que acredite adquisición. | que acredite adquisición. | ||
6.- El Certificado de Fabricación emitido por el fabricante nacional con firmas certificadas notarialmente del ingeniero mecánico colegiado o | 6.- El Certificado de Fabricación emitido por el fabricante nacional con firmas certificadas notarialmente del ingeniero mecánico colegiado o | ||
mecánico electricista colegiado, responsable de la producción del vehículo terminado, y del representante legal de la empresa que fabricó el | mecánico electricista colegiado, responsable de la producción del vehículo terminado, y del representante legal de la empresa que fabricó el | ||
vehículo. | vehículo. | ||
7.- Copia certificada notarialmente o autenticada por fedatario de la Oficina Registral del certificado de habilidad del Colegio Profesional respectivo, | 7.- Copia certificada notarialmente o autenticada por fedatario de la Oficina Registral del certificado de habilidad del Colegio Profesional respectivo, | ||
vigente a la fecha cierta del Certificado de Fabricación, salvo que su verificación pueda ser obtenida a través del respectivo portal institucional. | vigente a la fecha cierta del Certificado de Fabricación, salvo que su verificación pueda ser obtenida a través del respectivo portal institucional. | ||
8.- El Certificado de Conformidad de Fabricación , emitido por la Entidad Certificadora autorizada por el MTC. | 8.- El Certificado de Conformidad de Fabricación , emitido por la Entidad Certificadora autorizada por el MTC. | ||
9.- Copia certificada notarialmente o autenticada por fedatario de la Oficina Registral del documento que acredite al fabricante nacional del vehículo | 9.- Copia certificada notarialmente o autenticada por fedatario de la Oficina Registral del documento que acredite al fabricante nacional del vehículo | ||
la asignación de la Identificación Mundial del Fabricante (WMI - World Manufacturer Identifier), otorgada por el Ministerio de la Producción - | la asignación de la Identificación Mundial del Fabricante (WMI - World Manufacturer Identifier), otorgada por el Ministerio de la Producción - | ||
PRODUCE vigente a la fecha cierta del Certificado de Fabricación. | PRODUCE vigente a la fecha cierta del Certificado de Fabricación. | ||
10 | 10.- Si es especial o el uso del mismo está relacionado con una actividad especial deberá presentar: | ||
j.1) Certificado de Inspección Técnica | |||
Vehicular de Incorporación. | |||
j.2) Autorización de Incorporación de Vehículos Especiales emitida por el MTC. | |||
BASE LEGAL | |||
80, 81,91, 92 y 100 Reglamento Nacional de Vehículos Decreto Supremo 058-2003-MTC | * VII Disposiciones Específicas Resolución de Superintendente Nacional Resolución de Dirección Ejecutiva 107 14/08/2020 | ||
5 numeral 1 inc. f Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa aprobado por Decreto Legislativo 1246 10/11/2016 | * 10 (modificado por el artículo 15 del Decreto Ley de Creación de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional por Ley 26366 | ||
* 14/10/1994. 15 T.U.O. DEL REGLAMENTO GENERAL DE REGISTROS PÚBLICOS aprobado por Resolución de Superintendencia 126-2012-SUNARP/SN | |||
* 6, 21, 26 literal a, b, c y d, 28, 37, 38, 39 Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular aprobado por Resolución de Superintendencia 039-2013-SUNARP/SN 20/02/2013 | |||
* 5.2 y 5.4 Lineamientos para la presentación y calificación de comprobantes de pago electrónicos en el Registro de Propiedad Vehicular Otros Resolución 085-2014-SUNARP/DTR | |||
* 4 y 7 numeral 7.2 T.U.O de la Ley N° 28194 Decreto Supremo 150-2007-EF 23/09/2007 Último párrafo del Numeral 5.2 de la Directiva por la que se adoptan los criterios de interpretación que precisan las obligaciones establecidas por la Ley No 28194 y su Reglamento a los Registradores Públicos, al ejercer su función de calificación registral. | |||
* Resolución de Superintendencia 184-2004-SUNARP/SN. | |||
* 13.4 Aprueban Reglamento de Promociones Comerciales, Rifas con Fines Sociales y Colectas Públicas aprobado por Decreto Supremo 010-2016-IN 27/07/2016 | |||
* 80, 81,91, 92 y 100 Reglamento Nacional de Vehículos Decreto Supremo 058-2003-MTC 5 numeral 1 inc. f Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa aprobado por Decreto Legislativo 1246 10/11/2016 | |||
'''Precedentes de observancia obligatoria''' | '''Precedentes de observancia obligatoria''' | ||
Línea 61: | Línea 69: | ||
'''Tasa registral''' | '''Tasa registral''' | ||
* Derecho de presentación: S/ 22.00 | *Derecho de presentación: S/ 22.00 | ||
* Derecho de inscripción: S/ 56.00 | *Derecho de inscripción: S/ 56.00 | ||
'''Plazo de calificación''' | '''Plazo de calificación''' | ||
7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados). | 7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados). |