Diferencia entre revisiones de «Inmatriculación del territorio de comunidades campesinas»
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Revisión del 17:21 9 sep 2019
La Inmatriculación o primera inscripción puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.
Requisitos para la inscripción
• Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).
• Inscribir como acto previo el reconocimiento como persona jurídica de la comunidad campesina
• Actos de colindancia
• Plano de la comunidad Campesina
• Memoria descriptiva autorizada por funcionario competente
BASE LEGAL
Directiva 10-2013-SUNARP-SN. Directiva que regula la inscripción de los actos y derechos de las comunidades campesinas.
Precedente de observancia obligatoria
No se han aprobado precedentes sobre este acto.
Resoluciones del Tribunal Registral
Resolución : 052-2017-SUNARP-TR-T de 01/02/2017Sumilla :
NATURALEZA DEL PREDIO MATERIA DE LA INMATRICULACIÓN.-
Si el titulo menciona que se trata de un predio eriazo corresponde exigir la intervención del Estado para su inmatriculación a nombre de particulares.
INSTRUMENTOS ACLARATORIOS Y/O MODIFICATORIOS EN LA INMATRICULACIÓN.-
La inmatriculación en mérito a instrumentos aclaratorios y/o modificatorios deberá contar con la antigüedad requerida por el artículo 2018 del Código Civil, si la materia de aclaración y/o modificación está relacionada a la identificación del predio.
APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA N° 10-2013-SUNARP-SN.-
La calificación de las facultades de disposición del territorio comunal se realiza conforme a la Directiva N° 10-2013-SUNARP-SN a todos los títulos presentados desde su entrada en vigencia, incluso si la fecha del instrumento público en el que se fundamenta la inscripción es anterior.
Tasas registrales
Derecho de Presentación: S/ 81.00
Derecho de inscripción: 3/1000 por el valor del predio
PLAZO DE CALIFICACIÓN:
15 días hábiles.
Documentación sujeta a calificación por parte del registrador."