Inmatriculación por adjudicación de vehículos dados de baja por entidades estatales

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Requisitos para la inscripción

Todos los requisitos generales previstos en este TUPA para la inmatriculación de vehículos importados nuevos, adicionalmente:

a)El Certificado de Fabricación emitido por el fabricante nacional, consignando los Códigos de Identificación Vehicular, las características registrables del vehículo y, cuando se implemente, el Número de Registro de Homologación. Debe contener las firmas certificadas notarialmente del ingeniero mecánico colegiado o mecánico electricista colegiado, responsable de la producción del vehículo terminado, y del representante legal de la empresa que fabricó el vehículo. Deberá indicarse de manera expresa que el vehículo cumple con las exigencias técnicas mínimas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehículos y la normativa vigente en materia de límites máximos permisibles de emisiones contaminantes.

b)La copia certificada notarialmente o autenticada por fedatario de la Oficina Registral del certificado de habilidad del Colegio Profesional respectivo, vigente a la fecha cierta del Certificado de Fabricación, salvo que su verificación pueda ser obtenida a través del respectivo portal institucional.

c)El Certificado de Conformidad de Fabricación emitido por la Entidad Certificadora autorizada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En dicho   Certificado se indicará que el vehículo cumple con las exigencias técnicas mínimas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehículos.

d)Copia certificada notarialmente o autenticada por fedatario de la Oficina Registral del documento que acredite al fabricante nacional del vehículo la asignación de la Identificación Mundial del Fabricante (WMI - World Manufacturer Identifier), otorgada por el Ministerio de la Producción - PRODUCE vigente a la fecha cierta del Certificado de Fabricación. En caso de vehículos del mismo modelo y cuya fabricación se realice en serie, el Certificado de Conformidad de Fabricación deberá contar con el número de unidades correspondientes al lote y el Número de Identificación Vehicular (VIN) de cada unidad.

REQUISITOS ESPECIALES:

a)Inmatriculación de vehículo especial fabricado con pesos o medidas mayores a los límites máximos  permitidos, o el uso del mismo está relacionado a una actividad especial y que por su función debe transitar por la red vial, adicionalmente deberá presentar:

-Ficha Técnica de Importación de vehículos usados y especiales.

-Certificado de Inspección Técnica Vehicular de Incorporación aprobado.

-Autorización de Incorporación de Vehículos Especiales emitida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, o por delegación de ésta, la entidad autorizada.

CASOS ESPECIALES DE ACREDITACION DE LA ADQUISICION:

a)Cuando se trate de vehículo dado de baja por entidades estatales conforme a la Directiva N° 002-2005-SBN, aprobada por Resolución N° 029-2005-SBN, adicionalmente se deberá presentar:

-El Oficio dirigido al Registro de Propiedad Vehicular.

-Copia certificada de la resolución administrativa que aprueba la baja del vehículo del margesí de bienes de la entidad estatal, identificándolo con los códigos de identificación vehicular.

-Copia certificada de la resolución administrativa que autoriza la venta por subasta pública o la venta directa.

-El acta de subasta pública o acta de adjudicación, en caso de venta directa, conteniendo sus códigos de identificación vehicular.

-La póliza de adjudicación o el comprobante de pago señalado en el segundo párrafo del numeral 5.8. de la Directiva N° 002-2005-SBN, con sus códigos de identificación vehicular.

-El Certificado de Inspección Técnica Vehicular de Incorporación aprobado.