Diferencia entre revisiones de «Inscripción de Transferencias de propiedad por aporte o reducción de capital en el Registro de Propiedad Inmueble»

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Las transferencias de propiedad relacionadas con personas jurídicas societarias por aporte o reducción de capital pueden inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.
El aporte para la constitución, aumento o pago de capital transfiere en propiedad a la sociedad el bien aportado, salvo que se estipule algo distinto. Tratándose de bienes inmuebles aportados a la sociedad su entrega se reputa efectuada al otorgarse la escritura pública de constitución, aumento o pago de capital en la que conste el aporte.
 
La reducción de capital por devolución de aportes es una operación de signo que consiste en la transferencia al socio de un bien de la sociedad.
 
Las transferencias de propiedad relacionadas con sociedades por aporte o reducción de capital son actos inscribibles en el Registro de Predios. De conformidad con los artículos 109 y 110 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios lo ahí dispuesto es aplicable a las empresas individuales de responsabilidad limitada o EIRL.
 
Las transferencias de propiedad relacionadas con personas jurídicas societarias por aporte o [[reducción de capital]] pueden inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.


==Requisitos para la inscripción==
==Requisitos para la inscripción==
a) Formato de solicitud de inscripción de título debidamente llenado y suscrito.  
a) Formato de solicitud de inscripción de título debidamente llenado y suscrito.  


b) Parte notarial de la escritura pública conteniendo la transferencia de propiedad del inmueble de acuerdo a las normas vigentes, sea constitución de sociedad, aumento de capital o reducción de capital.
b) [[Parte notarial]] de la [[escritura pública]] conteniendo la transferencia de propiedad del inmueble de acuerdo a las normas vigentes, sea constitución de sociedad, aumento de capital o reducción de capital.


c) Pago de los derechos registrales.
c) Pago de las tasas registrales.
==Base legal==
==Base legal==


*Artículos 22, 25, 27 y 213 de la Ley General de Sociedades, Ley N° 26887 (09/12/1999).
*Artículos 22, 25, 27 y 213 de la Ley General de Sociedades, Ley N° 26887 (09/12/1999).
*Artículo 10 (modificado por el Decreto Legislativo N° 1451) de la Ley  que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional, Ley N° 26366 (16/10/2004).
*Artículo 10 (modificado por el Decreto Legislativo N° 1451) de la Ley  que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional, Ley N° 26366 (16/10/2004).
*Artículos 2, 15, 17 y 28 inciso b), del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 126-2012-SUNARP-SN (21/05/2012).
*Artículos 2, 15, 17 y 28 inciso b), del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 126-2012-SUNARP-SN (21/05/2012).
*Artículo 35° literal c) del Reglamento de Registro de Sociedades, aprobada por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 200-2001-SUNARP-SN (27/07/2001).
*Artículo 35° literal c) del Reglamento del Registro de Sociedades, aprobada por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 200-2001-SUNARP-SN (27/07/2001).
*Artículos 6, 109 y 110 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobada por la  Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 097-2013-SUNARPSN (04/05/2013).
*Artículos 6, 109 y 110 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobada por la  Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 097-2013-SUNARPSN (04/05/2013).


==Precedentes de observancia obligatoria==
==Precedentes de observancia obligatoria==
No se han aprobado  precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.
No se han aprobado precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.
==Jurisprudencia Registral==
==Jurisprudencia Registral==
===Resoluciones del Tribunal Registral===
===Resoluciones del Tribunal Registral===
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''El acta constituye un instrumento facilitador de las actividades de las empresas en un sistema de mercado donde es preciso adoptar decisiones en forma rápida, sacrificando de cierto modo la seguridad jurídica, pues nada asegura que su contenido coincida con la realidad pues es sólo el relato de un suceso. En cambio, las decisiones de los socios que tienen efectos registrales, como por ejemplo, los aportes, deben ser otorgadas por ellos mismos ante el notario a fin de brindarle titulación auténtica.''
''El acta constituye un instrumento facilitador de las actividades de las empresas en un sistema de mercado donde es preciso adoptar decisiones en forma rápida, sacrificando de cierto modo la seguridad jurídica, pues nada asegura que su contenido coincida con la realidad pues es sólo el relato de un suceso. En cambio, las decisiones de los socios que tienen efectos registrales, como por ejemplo, los aportes, deben ser otorgadas por ellos mismos ante el notario a fin de brindarle titulación auténtica.''
====Sumilla de la Resolución N° 347-2017-SUNARP-TR-A del 12/06/2017 sobre transferencia por reducción de capital====
Lo previsto en el artículo 110 del Reglamento de Inscripciones del registro de Predios respecto de las transferencias por reducción de capital, resulta aplicable a los títulos presentados a partir de la vigencia de dicho Reglamento.
====Sumilla de la Resolución N° 507-2012-SUNARP-TR-T de 13/07/2012 sobre participación del adquirente de un inmueble en un proceso de reducción de capital====
De acuerdo con el artículo 77 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, para la inscripción de la transferencia de propiedad de un inmueble como consecuencia de la reducción de capital de una empresa, debe constar en la correspondiente escritura pública la intervención del representante de la sociedad y del adquirente. No será exigible la participación del adquirente en la escritura de reducción si en un acto posterior manifiesta su voluntad tácita o expresa de adquirir el bien.
==Tasa registral==
==Tasa registral==
'''Tasa aplicable respecto a actos valorizados hasta S/ 35 000.00 soles'''
'''Tasa aplicable respecto a actos valorizados hasta S/ 35 000.00 soles'''


* Derecho de Calificación: S/ 36.00
*Derecho de Calificación: S/ 36.00
* Derecho de inscripción: Valor del acto X 1.5/1000
*Derecho de inscripción: Valor del acto X 1.5/1000


'''Tasa aplicable respecto a actos valorizados mayor a S/ 35 000.00'''
'''Tasa aplicable respecto a actos valorizados mayor a S/ 35 000.00'''


* Derecho de Calificación: S/ 36.00
*Derecho de Calificación: S/ 36.00
* Derecho de inscripción: Valor del Acto X 3/1000
*Derecho de inscripción: Valor del Acto X 3/1000


== Plazo de calificación ==
==Plazo de calificación==


* 7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados).
*7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados).


   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".'''''
   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público y complejidad del título".'''''