Diferencia entre revisiones de «Inscripción de acción pauliana o revocatoria»

sin resumen de edición
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor-wikitext
Sin resumen de edición
Etiqueta: visualeditor-wikitext
Línea 10: Línea 10:


== Precedente de observancia obligatoria ==
== Precedente de observancia obligatoria ==
===Acción pauliana o revocatoria===
'''Acción pauliana o revocatoria'''


La sentencia firme que declara fundada una acción pauliana debe inscribirse en el rubro de cargas y gravámenes y no en el de títulos de dominio de la partida registral involucrada.  
"La sentencia firme que declara fundada una acción pauliana debe inscribirse en el rubro de cargas y gravámenes y no en el de títulos de dominio de la partida registral involucrada". Criterio adoptado en las Resoluciones 114-2003-SUNARP-TR-T del 11 de junio de 2003 y 076-2003-SUNARP-TR-A del 16 de mayo de 2003. Precedente de Observancia Obligatoria incorporado al artículo 112 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios (Aprobado por Resolución N° 248-2008SUNARP/SN).  
 
Pleno VI, sesión ordinaria realizada los días 7 y 8 de noviembre de 2003.
 
Resoluciones que lo sustentan: ''N° 114-2003-SUNARP-TR-T'' del 11 de junio de 2003 y ''N° 076-2003-SUNARP-TR-A'' del 16 de mayo de 2003.


==Base legal==
==Base legal==
Línea 43: Línea 39:
== Tasa registral ==
== Tasa registral ==


*Derecho de calificación: S/ 34.00
* Derecho de calificación: S/ 34.00


*Derecho de inscripción: S/ 7.00
* Derecho de inscripción: S/ 7.00


*Plazo de calificación: 7 días hábiles.
* Plazo de calificación: 7 días hábiles.


   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del registrador público y complejidad del título".'''''
   '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del registrador público y complejidad del título".'''''
2010

ediciones