Inscripción de acción pauliana o revocatoria

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La Acción pauliana o revocatoria puede inscribirse en el Registro de Propiedad Inmueble.

Requisitos para la inscripción

a) Formulario de presentación de título, suscrito por el presentante. Recabado en oficina registral.

b) Parte Judicial que deberá contener el oficio y la resolución judicial que ordena su inscripción. La ambigüedad del mandato judicial que por una parte dispone la ineficacia del acto jurídico y por otra la nulidad del asiento debe ser declarado por el juez (sentencia firme).

Para la cancelación de la sentencia que declara la ineficacia de un acto jurídico, el parte judicial deberá contener, además, la sentencia firme.

Precedente de observancia obligatoria

PLENO VI

Sesión ordinaria realizada los días 7 y 8 de noviembre de 2003.

ACCIÓN PAULIANA O REVOCATORIA .- “La sentencia firme que declara fundada una acción pauliana debe inscribirse en el rubro de cargas y gravámenes y no en el de títulos de dominio de la partida registral involucrada”.

Criterio adoptado en las Resoluciones Nº 114-2003-SUNARP-TR-T del 11 de junio de 2003 y Nº 076-2003-SUNARP-TR-A del 16 de mayo de 2003.

Resoluciones del Tribunal Regsitral

-Resolución 1211-2014-SUNARP-TR-Lima EFECTOS DE LA SENTENCIA DE INEFICACIA DE ACTO JURÍDICO "La declaración de ineficacia de un acto jurídico (acción pauliana) da lugar a que el acto jurídico fraudulento que ha sido cuestionado judicialmente sea inoponible solo frente al acreedor demandante de la acción, pero no frente a terceros. Dicha acción no tiene efecto erga omnes, de modo que frente a todos los demás distintos del acreedor demandante, el acto jurídico traslativo de dominio es perfecto."

Tasas registrales

Derecho de calificación: S/ 34.00

Derecho de inscripción: S/ 7.00

Plazo de calificación:

7 días hábiles.

Documentación sujeta a calificación por parte del registrador público y complejidad del título."