Diferencia entre revisiones de «Inscripción de bien integrante del patrimonio cultural de la nación»
Inscripción de bien integrante del patrimonio cultural de la nación (ver código)
Revisión del 03:33 15 abr 2020
, 15 abr 2020→Requisitos para la inscripción
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Línea 3: | Línea 3: | ||
== Requisitos para la inscripción == | == Requisitos para la inscripción == | ||
a) | a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp). | ||
b) Resolución del Ministerio de Cultura que declara al predio como bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, la que debe contener la plena identificación del predio o predios afectados. | b) Resolución del Ministerio de Cultura que declara al predio como bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, la que debe contener la plena identificación del predio o predios afectados. | ||
Línea 10: | Línea 10: | ||
d) Pago de derechos registrales. | d) Pago de derechos registrales. | ||
e) Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. | |||
== Tener en cuenta para la inscripción == | == Tener en cuenta para la inscripción == |