Diferencia entre revisiones de «Inscripción de cambio de placa única nacional de rodaje»

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==Requisitos para la inscripción==
==Requisitos para la inscripción==
1.- Formulario de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito.  
1) Formulario de solicitud de Inscripción debidamente llenado y suscrito.  


2.- Formato de cambio de placa con firma certificada por notario o fedatario de la Oficina Registral del propietario con derecho inscrito o su
2) Formato de cambio de placa con firma certificada por [[notario]] o fedatario de la Oficina Registral del propietario con derecho inscrito o su representante en donde se indique el cambio respectivo.


representante en donde se indique el cambio respectivo.
3) En el caso de servicio público de pasajeros, se deberá adjuntar el Certificado expedido por la entidad competente que acredite dicha habilitación.
 
3.- En el caso de servicio público de pasajeros, se deberá adjuntar el Certificado expedido por la entidad competente que acredite dicha
 
habilitación.


De no presentar tal documento, se asignará la placa que corresponda a un vehículo particular.
De no presentar tal documento, se asignará la placa que corresponda a un vehículo particular.
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Cuando un vehículo policial o de emergencia se transfiere a favor de personas naturales o jurídicas, se cambiará el uso según corresponda.
Cuando un vehículo policial o de emergencia se transfiere a favor de personas naturales o jurídicas, se cambiará el uso según corresponda.


4.- En el caso de uso especial: a) Certificación expedida por la dependencia competente del Ministerio del Interior, en caso de vehículo policial.b)
4) En el caso de uso especial:  
 
Certificación emitida por el máximo órgano jerárquico del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú en cada jurisdicción regional,en caso
 
de vehículo de emergencia .c) Constancia de inscripción en el Registro Especial de Ambulancias de los Centros de Prevención y Control de


Emergencias y Desastres de las Direcciones de Salud (DISAS) y Direcciones Regionales de Salud (DIRESAS) de su respectiva jurisdicción en
a) Certificación expedida por la dependencia competente del Ministerio del Interior, en caso de vehículo policial.


caso de vehículo de emergencia ..d) Copia certificada de la resolución emitida por la municipalidad correspondiente, (Serenazgo Municipal) en caso
b) Certificación emitida por el máximo órgano jerárquico del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú en cada jurisdicción regional, en caso de vehículo de emergencia.


de vehículo de emergencia .e) Constancia expedida por las entidades mencionadas anteriormente en el sentido que el vehículo ya no se encuentra
c) Constancia de inscripción en el Registro Especial de Ambulancias de los Centros de Prevención y Control de Emergencias y Desastres de las Direcciones de Salud (DISAS) y Direcciones Regionales de Salud (DIRESAS) de su respectiva jurisdicción en caso de vehículo de emergencia.


destinado al cumplimiento de las funciones propias de la Policía Nacional del Perú o como vehículo de emergencia, según corresponda, tratándose
d) Copia certificada de la resolución emitida por la municipalidad correspondiente, (Serenazgo Municipal) en caso de vehículo de emergencia.


de cambio de placa por nuevo destino del vehículo al transporte particular o por cuenta propia. Cuando un vehículo policial o de emergencia se
e) Constancia expedida por las entidades mencionadas anteriormente en el sentido que el vehículo ya no se encuentra destinado al cumplimiento de las funciones propias de la Policía Nacional del Perú o como vehículo de emergencia, según corresponda, tratándose de cambio de placa por nuevo destino del vehículo al transporte particular o por cuenta propia. Cuando un vehículo policial o de emergencia se transfiere a favor de personas naturales o jurídicas, se cambiará el uso según corresponda.


transfiere a favor de personas naturales o jurídicas, se cambiará el uso según corresponda.
5) Pago de tasas registrales.


==Base legal==
==Base legal==


*Artículo 4 de las disposiciones para la aplicación del sistema de codificación de la Placa Única Nacional de Rodaje aprobadas por la Resolución de Dirección Ejecutiva R.D. N° 4560-2011- MTC/15 (11/12/2011)
*Artículo 4 de la Resolución de Dirección Ejecutiva R.D. N° 4560-2011- MTC/15, Disposiciones para la aplicación del sistema de codificación de la Placa Única Nacional de Rodaje (11/12/2011).
*Articulo 34 de la Ley de Transporte y Tránsito Terrestre aprobada por la Ley N° 27181 (07/10/1999)
*Articulo 34 de la Ley de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobada por la Ley N° 27181 (07/10/1999)
*Artículos , , 56°, 58°, 59° del Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje aprobado por el Decreto Supremo N° 017-2008-MTC (18/04/2018).
*Artículos 4, 7, 56, 58, 59 del Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado por el Decreto Supremo N° 017-2008-MTC (18/04/2018).
*Artículos , , y 10° que crean el Sistema Nacional y la Superintendencia de los Registros Públicos, modificado por el artículo 15° del Decreto Legislativo N° 1451 aprobado por la Ley N° 26366 (14/10/1994)
*Artículos 1, 2, 3 y 10 (modificado por el artículo 15° del Decreto Legislativo N° 1451)  de la Ley que crea el Sistema Nacional y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Ley N° 26366 (14/10/1994).
*Artículos: 5, 6, 7, 136 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 039-2013- SUNARP/SN (20/02/2013)
*Artículos 5, 6, 7 y 136 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, aprobado por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 039-2013- SUNARP/SN (20/02/2013).


==Precedentes de observancia obligatoria==
==Precedentes de observancia obligatoria==
10.- CAMBIO Y RECTIFICACIÓN DE CLASE DE VEHÍCULO
No hay precedentes de observancia obligatoria sobre este acto.


“Todo cambio o rectificación de clase implica asignación de nueva placa de rodaje, salvo cuando
==Jurisprudencia Registral==
 
se trate de cambio de clase de remolque a semiremolque o viceversa, en cuyo caso se conservará
 
la misma placa”.


Criterio adoptado en la Resolución N° 015-2002-ORLC/TR del 5 de julio de 2002, publicada el 18
==== Sumilla de la Resolución 399-2016-SUNARP-TR-L de 25/02/2016 sobre cambio de placa única nacional de rodaje ====
''Si el órgano competente para otorgar la tarjeta única de circulación de un vehículo expide una autorización a nombre del representante del titular registral y no a nombre de éste, no debe entenderse que está realizando la transferencia de dicha autorización, más aún si el cambio de placa es solicitado por el mismo apoderado quien señala actuar en representación del titular registral.''


de julio de 2002.
==== Sumilla de la Resolución 420-2014-SUNARP-TR-L de 04/03/2014 sobre cambio de placa a vehículo habilitado para el transporte público de pasajeros ====
''No es impedimento para la inscripción del cambio de placa de vehículo de transporte público de pasajeros, que la resolución administrativa que acredita su habilitación se encuentre en copia certificada por notario, toda vez que se trata de un documento complementario.''


==Jurisprudencia Registral==
No se a encontrado Jurisprudencia Registral .
==Tasa registral==
==Tasa registral==


*Derecho de calificación: S/ 22.00
*Derecho de calificación: S/ 22.00
*Derecho de inscripción: S/ 95.00


==Plazo de calificación==
==Plazo de calificación==
7 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados).
72 horas (no incluye sábados, domingos ni feriados).




  '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''''''
  '''''"Documentación sujeta a calificación por parte del Registrador Público".''''''
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