Inscripción de cese de la unión de hecho

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¿Qué es la Inscripción de cese de unión de hecho?

Como cualquier otro acto, también la unión de hecho puede finalizar por diferentes causas. La declaración del reconocimiento de cese, puede ser efectuado vía notarial o judicial y solicitando su inscripción en el Registro.

Requisitos para la inscripción

¿Qué documentos debe presentar para solicitar la inscripción?

Se realiza en mérito a los siguientes documentos según corresponda al caso:

a) Parte notarial de la escritura pública de reconocimiento de cese de unión de hecho (con la debida autorización para su presentación en registros públicos) y de ser el caso, liquidación del patrimonio social.

b) Copia certificada de la partida de defunción o parte judicial que contenga la declaración de muerte presunta.

c) Parte judicial que contenga la declaración judicial de ausencia.

d) De encontrarse ya inscrita en el Registro de Personas Naturales la declaración de ausencia o la muerte presunta o la sucesión o el testamento ampliado de los convivientes, el Registrador no requerirá los documentos antes señalados.

e) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita en la oficina registral) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).

f) Pago de la tasa registral.

¿Qué deberá tener en cuenta?

De ser necesario, se solicitará la inscripción del cese de la unión de hecho en el Registro de Predios.

BASE LEGAL

Artículos 326 del Código Civil. Resolución nº 088-2011-SUNARP/SA.

Precedentes de observancia obligatoria

No se han aprobado precedentes sobre este acto.

Resoluciones del Tribunal Registral

1) INSCRIPCIÓN DE LA UNIÓN DE HECHO

No procede la inscripción del reconocimiento de la unión de hecho y su cese, cuando no se ha presentado parte notarial de la escritura pública en la que conste la declaración notarial respectiva o cuando no se ha adjuntado parte judicial que contenga resolución firme que declare en tal sentido.

Resolución 641-2016-SUNARP-TR-A.

Tasa registral

  • Derecho de presentación: S/ 10.00
  • Derecho de inscripción: S/ 10.00

Total: S/ 20.00

Plazo de calificación:

7 días hábiles

Documentación sujeto a calificación por parte del registrador."