Diferencia entre revisiones de «Inscripción de constitución de sociedad»

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c) Documentación que acredita el aporte al capital de acuerdo a su naturaleza.
c) Documentación que acredita el aporte al capital de acuerdo a su naturaleza.


* En caso de aporte de dinero debe insertarse el documento expedido por entidad financiera o bancaria nacional, donde conste su abono en una cuenta a nombre de la sociedad.
*En caso de aporte de dinero debe insertarse el documento expedido por entidad financiera o bancaria nacional, donde conste su abono en una cuenta a nombre de la sociedad.


* Si el aporte es de títulos valores o documentos de crédito y cuando el obligado principal no es el socio aportante se acreditará con la constancia expedida por el Gerente, el administrador o la persona autorizada de haberlos recibido debidamente transferidos o endosados a favor de la sociedad.
*Si el aporte es de títulos valores o documentos de crédito y cuando el obligado principal no es el socio aportante se acreditará con la constancia expedida por el Gerente, el administrador o la persona autorizada de haberlos recibido debidamente transferidos o endosados a favor de la sociedad.


* En el caso de bienes o derechos reales registrados, con la inscripción simultánea de la transferencia a favor de la sociedad en el registro respectivo. Para inmuebles se aplica art. 109 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios.
*En el caso de bienes o derechos reales registrados, con la inscripción simultánea de la transferencia a favor de la sociedad en el registro respectivo. Para inmuebles se aplica art. 109 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios.


* Tratándose de inmuebles no registrados estos deben estar adecuadamente identificados, así como debe indicarse en la escritura pública que son transferidos a la sociedad.
*Tratándose de inmuebles no registrados estos deben estar adecuadamente identificados, así como debe indicarse en la escritura pública que son transferidos a la sociedad.


* En caso de muebles no registrados se requiere la certificación del gerente general de haberlos recibido, los cuales deben estar debidamente identificados y valorizados indicando el criterio empleado para su valuación.
*En caso de muebles no registrados se requiere la certificación del gerente general de haberlos recibido, los cuales deben estar debidamente identificados y valorizados indicando el criterio empleado para su valuación.


* Tratándose del aporte de una empresa, de un establecimiento comercial o industrial o de servicios, de un fondo empresarial o de un bloque patrimonial, se adjuntará la declaración del gerente general, del administrador o de la persona autorizada de haberlos recibido.
*Tratándose del aporte de una empresa, de un establecimiento comercial o industrial o de servicios, de un fondo empresarial o de un bloque patrimonial, se adjuntará la declaración del gerente general, del administrador o de la persona autorizada de haberlos recibido.


d) Autorización de organización y/o funcionamiento de la entidad correspondiente, de ser el caso.
d) Autorización de organización y/o funcionamiento de la entidad correspondiente, de ser el caso.
Línea 53: Línea 53:
''La sociedad anónima que se constituya para prestar dinero con garantías personales o reales no requiere la previa autorización de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), si del estatuto se determina que sus actividades no serán de intermediación financiera o captación de dinero del público.''
''La sociedad anónima que se constituya para prestar dinero con garantías personales o reales no requiere la previa autorización de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), si del estatuto se determina que sus actividades no serán de intermediación financiera o captación de dinero del público.''


== Tasa registral ==
==Tasa registral==


===Por constitución de E.I.R.L. ===
===Por constitución de sociedad===


*Derecho de calificación: S/ 46.00  
*Derecho de calificación: S/ 46.00


*Derecho de inscripción: Valor del capital x 3/1000
*Derecho de inscripción: Valor del capital x 3/1000


===Por nombramiento ===
===Por nombramiento===


*Derecho de calificación: S/ 15.00
*Derecho de calificación: S/ 15.00
Línea 71: Línea 71:
*Plazo de calificación: 24 horas
*Plazo de calificación: 24 horas


   '''''"Documentación y pago sujeto a calificación por parte del Registrador Público".'''
   '''''"Documentación y pago sujeto a calificación por parte del Registrador Público".'''''
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