Inscripción de contrato de fideicomiso sobre vehículos
EL Contrato de Fideicomiso sobre vehículos puede inscribirse en el Registro de Propiedad Mueble.
Requisitos para la inscripción
a) Documento privado con firmas legalizadas notarialmente ó escritura pública, a criterio de las partes. Nota: si se tratase de un fideicomiso de titulización es exclusivamente por escritura pública.
b) Descripción precisa de los bienes muebles objeto del contrato.
c) Cuando las partes convengan en transferir un bien principal con sus accesorios, pero sin indicarlos con detalle, entonces se procederá a realizar la inscripción del Fideicomiso con respecto al bien principal con el agregado de que comprende en forma genérica sus accesorios. Esta regla se aplica considerando que el bien principal no puede ser inscrito en el RMC si es que se trata de un bien mueble inscrito en un registro jurídico de bienes.
d) El fideicomiso sobre participaciones sociales se inscribe en la partida de la sociedad emisora en el Registro de personas Jurídicas y no en el RMC.
Precedentes de observancia obligatoria
No se han aprobado precedentes sobre este acto.
Jurisprudencia Registral
Resoluciones del Tribunal Registral
No se han aprobado resoluciones sobre este acto.
Tasas registrales
- Derecho de Presentación: S/10.00
- Derecho de inscripción: S/10.00
Acto Invalorado según el literal f) del artículo 4 de la directiva “Normas que regulan la inscripción de fideicomisos” Resolución N° 316-2008-SUNARP-SN de 27.11.2008
Nota: Si se hubiera establecido un monto valorizable se aplicará 0.24% de la UIT como derechos de calificación y 1.5/1000 del monto del acto valorizable según Anexo 3 de la Resolución N° 358-2016-SUNARP/SN de 30.12.2016
Plazo de calificación:
Calificación plena 7 días hábiles desde su presentación al Registro. Base Legal: art 37 del TUO del Reglamento General de los RRPP Resolución N° 126-2012-SUNARP-SN- del 18-05.2012
Calificación atenuada si constase en formulario de inscripción registral, 3 días hábiles contados a partir de su ingreso al Registro. Base Legal: art. 36 de la ley N° 28677"