Diferencia entre revisiones de «Inscripción de declaratoria de fábrica vía regularización»

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Criterio adoptado en la ''Resolución Nº 088-2012-SUNARP-TR-L''.
Criterio adoptado en la ''Resolución Nº 088-2012-SUNARP-TR-L''.


== Resoluciones del Tribunal Registral ==
==Jurisprudencia Registral==


=== Resoluciones del Tribunal Registral ===
 
'''1. ALEROS EXTERNOS'''
 
 
Los aleros externos no forman parte de las áreas techadas del primer piso, pero su descripción debe consignarse en la documentación técnica, sin que implique variación del área libre ni del área techada.
 
 
Resolución 1619-2016-SUNARP-TR-L.


====sumilla de la ''Resolución 1619-2016-SUNARP-TR-L'' sobre Aleros externos


'''2. RECTIFICACIÓN DE REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES'''
''Los aleros externos no forman parte de las áreas techadas del primer piso, pero su descripción debe consignarse en la documentación técnica, sin que implique variación del área libre ni del área techada''.


   
   
====sumilla de la ''Resolución 2439-2016-SUNARP-TR-L.'' sobre Rectificación de regularización de edificaciones


Es procedente la rectificación de una fábrica cuando esta no implica una segunda regularización en mérito de la Ley Nº 27157. La rectificación del nombre de los ambientes de una fábrica que fue inscrita vía FOR que no implique una ampliación, modificación, reparación, remodelación, puesta en valor, cercado o demolición de la fábrica, no constituye segunda regularización.
''Es procedente la rectificación de una fábrica cuando esta no implica una segunda regularización en mérito de la Ley Nº 27157. La rectificación del nombre de los ambientes de una fábrica que fue inscrita vía FOR que no implique una ampliación, modificación, reparación, remodelación, puesta en valor, cercado o demolición de la fábrica, no constituye segunda regularización''.
 
 
Resolución 2439-2016-SUNARP-TR-L.
 


== Tasa Registral ==
== Tasa Registral ==
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