Diferencia entre revisiones de «Inscripción de emisión del título de crédito hipotecario negociable por entidad autorizada por la SBS»
Inscripción de emisión del título de crédito hipotecario negociable por entidad autorizada por la SBS (ver código)
Revisión del 01:06 29 abr 2020
, 29 abr 2020→Requisitos para la inscripción
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a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp). | a) Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp). | ||
b) | b) La Empresa emisora del Título deberá cursar al Registrador una comunicación para efectos de la inscripción del acto de emisión de dicho Título en los Registros Públicos, según lo dispuesto en el literal e) del artículo 245.4 de la Ley de Títulos Valores. Adicionalmente, deberá adjuntarse la copia de la valuación efectuada al inmueble; así como copia del Título emitido, en caso éste haya sido emitido físicamente. Dicha comunicación tendrá el carácter de declaración jurada. | ||
c) Pago de derechos registrales. | c) Pago de derechos registrales. |